Laborissmo siempre preocupado y ocupado “por la mejora en el ámbito del trabajo”, se dio a la tarea de revisar la contestación que el edil de Morelia, Alfonso Martínez Alcázar, hizo a los policías de la Unidad Morelia, inconformes con los malos tratos y la nula capacidad de mando del Comisionado de Seguridad Bernardo León Olea, mejor conocido como el Hippie y en tres documentos, daremos a conocer la información de investigación llevada a cabo, todo ello principalmente en referencia a la reunión celebrada el día 5 de julio del 2016, entre elementos de la Policía Municipal Morelia y el Edil, se concluye lo siguiente:
El ciudadano Presidente acepta corregir las actitudes de soberbia del Comisionado Bernardo León Olea, en cuanto al trato indebido que otorga a los elementos subordinados y la falta de planeación estratégica en la distribución del equipo motriz (motocicletas Harley Davidson), que se encuentran operando en terrenos irregulares como cerros y terracerías, zonas no propias para la función en esas áreas; negligencia por demás demostrada y sancionada por la propia legislación estatal y federal por los daños causados al equipo; por las siguientes razones legales:
La Ley Del Sistema Nacional De Seguridad Pública, la que en diferentes disposiciones dispone:
En su artículo 40, “fracción XVIII.- Fomentar la disciplina, responsabilidad, decisión, integridad, espíritu de cuerpo y profesionalismo, en sí mismo y en el personal bajo su mando” y “fracción XXII.- Atender con diligencia la solicitud de informe, queja o auxilio de la ciudadanía, o de sus propios subordinados, excepto cuando la petición rebase su competencia, en cuyo caso deberá turnarlo al área que corresponda.”
En su artículo 85; “fracción III.- Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones policiales si no ha sido debidamente certificado y registrado en el Sistema;” y en su “fracción IV.- Solo ingresarán y permanecerán en las instituciones policiales, aquellos aspirantes e integrantes que cursen y aprueben los programas de formación, capacitación y profesionalización.”
La Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, la que en diferentes disposiciones dispone:
“Artículo 123.- tendrán derechos los integrantes…, Fracción X.- Gozar de un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerárquicos.”
Como nos podemos dar cuenta, el señor Comisionado ignora totalmente la función policial, desde una obligación de apegarse al régimen disciplinario, otorgar un trato digno a sus subordinados (Principio del Don de Mando); generar los planes y programas para establecer la estrategia operativa y enviar la fuerza necesaria con el equipo motriz al punto requerido con la menor exposición al peligro (principio fundamental de la estrategia operativa policial), ocasionando un deterioro del equipo que fue adquirido para funciones propias de la policía vial al sector centro histórico y las motocicletas de 650, que con doble propósito fueron compradas para la función de reacción y uso de todo terreno; pero esto deriva de que el Comisionado jamás ha tenido estudios formativos y mucho menos haber realizado una función policiaca por el cual desconoce el riesgo de la función y que para esta se requiere tener vocación de servicio no nada más estar tratando de copiar modelos de policía Europeos.
Laborissmo seguirá informando…