En México, la libertad de cátedra se funda en el artículo 3o. Constitucional en la fracción VII que reconoce la libertad de cátedra e investigación, de libre examen y discusión de las ideas.
La libertad académica o libertad de cátedra es el derecho a la libertad que corresponde a los estudiantes y profesores para poder aprender, enseñar, investigar y divulgar el pensamiento, el arte y el conocimiento, sin sufrir presiones económicas, políticas o de otro tipo por ello.
La libertad de expresarse es uno de los derechos que el ser humano ha logrado con el esfuerzo y el trabajo de varios congéneres a lo largo de la historia de la humanidad. Ha ocasionado guerras y la muerte de muchos que decidieron sacrificarse por hacer valer ese derecho. La Revolución Francesa con el lema de «Libertad, Igualdad y Fraternidad» amplió la visión de otros países, lo que llevó a una cadena de eventos que terminó con la guerra de Independencia de los Estados Unidos de América, así como en México, Centro y Sudamérica.
Pero esto no fue suficiente, ya que siguieron y continúan ocurriendo las luchas entre los que tienen el poder fáctico y quienes carecen de este; casos recientes los tenemos en Venezuela y Rusia, y en otros países en los que hay disidencia.
Como ocurre con frecuencia en la historia de la humanidad, vivimos en un continuo vaivén, y de etapas de tener solo deberes, ahora todos tenemos derechos: a la educación, a la salud, a la libertad de expresión, al libre tránsito, al agua, etc., pero en ocasiones la responsabilidad que cada derecho conlleva, se olvida. Esto es lo que ocurre frecuentemente con la «libertad de cátedra», confundida con la libertad de expresión, que aunque similares, no implican lo mismo.
¿QUÉ ES LA LIBERTAD DE CÁTEDRA?
Si bien cada país tiene su propia historia jurídica sobre la libertad de cátedra, es importante referirnos al documento de 1977 de la UNESCO, que en sus recomendaciones relativas a las condiciones del personal docente de educación superior afirmó: «El personal docente de la enseñanza superior tiene derecho al mantenimiento de la libertad académica, es decir, la libertad de enseñar y debatir sin verse limitado por doctrinas instituidas, la libertad de llevar a cabo investigaciones y difundir y publicar los resultados de las mismas, la libertad de expresar libremente su opinión sobre la institución o el sistema en que trabaja, la libertad ante la censura institucional y la libertad de participar en órganos profesionales u organizaciones académicas representativas».
En nuestro país es una garantía que está explícitamente referida en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, que expresa que «las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas»
En la Legislación Universitaria de la UNAM, en el Estatuto del Personal académico (EPA), Título 1.o, Art. 2.o, dice: «Las funciones del personal académico son: impartir educación, bajo el principio de la libertad de cátedra y de investigación. . .», y acotado en los derechos de todo el personal académico: «Serán derechos de todo el personal académico: I. Realizar sus actividades de acuerdo con el principio de libertad de cátedra e investigación, de conformidad con los programas aprobados por el respectivo consejo técnico, interno o asesor»
De acuerdo con Andreescu, citado por Madrid, «. . .la libertad de cátedra es la facultad de que disponen los académicos para divulgar, enseñar y publicar sobre cualquier tema que consideren de interés profesional; sin riesgo ni amenaza de sanción alguna; excepto mediante la adecuada demostración de inexcusable incumplimiento de la ética profesional»
ERES LIBRE DE PENSAMIENTO Y ACCIÓN
En estos días, se ha puesto sobre la mesa de debate, de análisis y de discusión, el tema de LIBERTAD DE CÁTEDRA. Un silogismo difícil de entender, explicar y compartir.
Yo, como Catedrático de la UMSNH, tengo la convicción de LIBERTAD, pero sé que al pertenecer a una de las mayores instituciones educativas del país, no puedo, ni debo quiero faltar a la ética que corresponde.
Mi libertad termina al iniciar la de otros, pero el “sano” intercambio de ideas fortalece en lo social, en lo humano y en lo intelectual. Nos conlleva a procurar la mejor participación, al verdadero sendero democrático y a la invaluable experiencia de sabernos “libres” en nuestro propio espacio.
En México, existen leyes que debemos acatar y defender inexorablemente, aunque el RÉGIMEN que nos toque vivir lo desdeñe. Yo al frente de jóvenes que necesitan escuchar y entender experiencias para formar un PROPIO pensamiento, yo no puedo ni quiero imponer nada.
CÁTEDRA LIBRE
Insisto en este texto que puede ser complejo y peligroso dar una definición del término.
Hagamos un ejercicio: un padre tiene derecho de educar a su hijo y darle de comer pay de nopal, pero si al niño no le cae en su paladar… ahí se acaba la libertad paternal. Es decir que, si un maestro, intitutriz o catedrático expone, no debe ser sancionatorio lo que al educando diga.
Es decir, es un camino de 2 vías: ida y vuelta. Lo que expongo y lo que mis alumnos reciben.
¿AUSENCIA DE LUZ?
No existe la ausencia de color, ni es color total. En una LIBRE CÁTEDRA , es imperante “exponer” los 2 polos. Los que estamos al frente de una aula educativa, tenemos la obligación de dar todos (todos es no ocultar ni disfrazar) los elementos de criterio a los alumnos. Ellos, de acuerdo a su formación familiar, social, cultural y hasta religiosa, determinarán el alcance de lo expuesto.
YO CATEDRÁTICO, YO LIBRE
Existen Programas de Enseñanza en todo sistema educativo. Hay normas y reglas, pero la concebida LIBERTAD de CÁTEDRA, debe seguirlas y defender esa expresión para formar ciudadanos con una conciencia que aporte al BIEN COMÚN.
Concluyo pensando y creyendo que eso que llamamos LIBERTAD DE CÁTEDRA, no es más que un “intercambio de pensamientos, de voluntades y de experiencias”, es el constante trabajo de fumigar para que los virus de la ignorancia o la ignorancia nos provoquen pandemia.
El régimen, el sistema o adoctrinamiento de un Estado no puede ni debe opacar este derecho de recibir y dar.
UMSNH
Mi opinión no refiere en ningún momento a lo que actualmente se está viviendo en nuestra Alma Máter, porque no es necesario dar nombres ni circunstancias apegadas, sólo se pretende compartir la opinión de un catedrático universitario. No tengo la menor intención de influir ni en pensamientos, ni en voces de nadie. Porque al final si combinamos azul y amarillo, saldrá verde y esa es la verdad.
Mi libertad de decir, combinada con tú libertad de escuchar nos dará cómo resultado la guía de lo que hoy estamos escudriñando qué es la Libertad de Cátedra.
Arturo Ismael Ibarra Dávalos
Laborissmo seguirá informando…