Cuando los trabajadores deciden abandonar su puesto de trabajo se produce un paro laboral. Esta decisión se adopta como un mecanismo de protesta frente a algún tipo de situación negativa, como los bajos salarios o las malas condiciones de trabajo.
Si un colectivo de trabajadores paraliza su actividad como forma de protesta, su acción tiene dos consecuencias inmediatas:
1) La actividad de la empresa o del gobierno (tratándose de derecho burocrático) deja de funcionar y esto implica una pérdida de beneficios y
2) El abandono del puesto de trabajo supone que los trabajadores no reciben su salario.
Este doble perjuicio produce una situación conflictiva en muchos sentidos, pues se genera incertidumbre, malestar y tensiones entre los trabajadores y patrones. En este clima de tensión hay un tira y afloja por ambas partes.
Las propuestas iniciales de los trabajadores sobre el aumento salarial o las condiciones laborales suelen ser rechazadas por los responsables patronales.
Después del rechazo inicial, los patrones suelen presentar una contraoferta a los representantes de los trabajadores. El conflicto entre unos y otros puede requerir de algún mediador que intente poner de acuerdo a las dos partes. Mediadores que tengan un peso específico en la sociedad.
A los movimientos sindicales de distinto signo (anarquismo, comunismo, socialismo) van también asociados al desarrollo teórico de la existencia de una clase trabajadora obligada a desarrollar una lucha de clases para el reconocimiento de valor como fuerza de trabajo en la creación de riqueza.
La práctica del paro es considerada como una herramienta para reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo.
Este derecho es otra de las reivindicaciones del movimiento sindical.
Si no lo entienden así de esa manera los patrones y en lugar de buscar resolver ese síntoma, se incurre en presiones extra legales, como amenazas de despidos y de sancionarlos vía la ley penal, contrarían los principios humanísticos que inspiran este tipo de movimientos sociales.
Según la Organización Internacional del Trabajo, es uno de los medios legítimos fundamentales de que disponen los ciudadanos y específicamente los trabajadores (a través del movimiento sindical y las organizaciones sindicales) para la promoción y defensa de sus intereses económicos y sociales.
Arturo Ismael Ibarra Dávalos. Licenciado en Derecho por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Catedrático de la misma. Preside la asociación civil Bien Común Michoacán y la sociedad civil Por la Mejora en el Ámbito del Trabajo (Laborissmo). Es Secretario General del Foro Política y Sociedad.
Correo electrónico de contacto arturoismaelibarradavalos@hotmail.com