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La michelada es una bebida alcohólica que se prepara mezclando cerveza, jugo de limón, jugo de tomate, picante (chile en polvo o en copos) y sal, y agregando salsas sazonadoras.

Una popular versión de su origen apunta a la ciudad de San Luis Potosí , concretamente al Club Deportivo Potosino, pues se cuenta que un socio de nombre Michel Ésper (originario de Ciudad Valles) acostumbraba pedir una cerveza con limón, sal y popote en una copa llamada chabela como si fuera una limonada de cerveza, eventualmente originando el nombre de la bebida (en aquel entonces nadie tomaba cerveza con esa preparación). Ya que después los socios pedían una limonada como la de Michel “MICHELADA” esto fue como en los años 70 con el tiempo se fueron agregando salsas al gusto y le han cambiado el nombre a la original poniéndole el de “Chelada” pero en aquellos años no se conocía nada más que en San Luis Potosí su preparación en otros estados y en las playas no sabían de que se componía la bebida.[4]​ La versión más clara del origen del nombre es simplemente una combinación de la frase «Mi chela helada».
Una versión menos glamorosa es la siguiente: en inglés, muy frío o “helado” se dice -chilled-, que ya pronunciado en castizo es “chiled” o “chelado”; ahora bien, contrario de la tradición que existía en Europa y el México tradicional, en Estados Unidos la cerveza se empezó a consumir muy helada, con hielo al principio y luego refrigerada cuando este invento se generalizó a mediados del siglo xx, es decir la cerveza cambió a “chilled”, mientras que en la mayor parte del mundo la cerveza se consumía en ese entonces a temperatura ambiente. Esto es pues, una cerveza chelada o una -chela- es una cerveza helada (chilled beer), la que además del hielo se le adicionaría sal y limón… lo que le daría el sabor latino. Asimismo, en una versión más condimentada, se le adiciona una mezcla (mix en inglés) de salsas picantes, inglesa, de soya, etc., que todo junto la mezcla y la chela sería una cerveza Mybeerade, que pronunciado con las reglas del castellano deja claro que se trata de un Mix-chelada, Michelada pues. Lo más probable es que esta denominación venga del norte de México, muy probablemente de Monterrey, Nuevo León. De hecho aún en la actualidad en muchas partes de México se hace una clara distinción entre una “chelada” que es una cerveza con hielo, sal y limón, respecto de una “michelada” a la que además de lo anterior se le adicionan diversas salsas que le dan una sensación más densa y sabor cargado e incluso en ocasiones picante. En algunos bares a esta mezcla se le llama “petróleo” por su color oscuro intenso, ya que se tiene mezclada en recipientes ya lista para solo ser vaciada sobre la cerveza.

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Tópicos Laborales. La Prima Dominical

Por Arturo Ismael Ibarra Dávalos

Los trabajadores por cada seis días de labores tienen derecho a gozar de uno de descanso, el cual debe procurarse que sea el domingo.

Sin embargo, existen actividades en las que es necesario que los trabajadores laboren precisamente el domingo; por ejemplo, en las tiendas departamentales, los comercios, los centros de atención a clientes, los supermercados, etc.

Al respecto el artículo 71 de la LFT establece cuando los trabajadores presten sus servicios en domingo tienen derecho a una prima adicional de un 25 %, por lo menos, sobre su salario ordinario.

De esta disposición se infiere que la prima dominical debe cubrirse a los trabajadores que cotidianamente laboren en domingo y descansen otro día de la semana.

Contrario a lo que sucede con los trabajadores que descansan el domingo normalmente, y que por alguna razón extraordinaria prestan sus servicios ese día; en cuyo caso, tienen derecho a percibir además del salario ordinario, un ingreso equivalente al doble de su cuota diaria, en términos del artículo 73 de la LFT.

De hecho, los tribunales en la tesis de rubro PRIMA DOMINICAL. PROCEDE SU PAGO AUN CUANDO EL TRABAJADOR GOCE DE UN DIVERSO DÍA PARA DESCANSAR, dada a conocer en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, p. 832, Materia Laboral, Tesis Aislada, Registro 193,296; septiembre de 1999, han señalado que la prima dominical les corresponde únicamente a quienes laboran de forma ordinaria en domingo.

No obstante, se debe tener presente que cuando un trabajador demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente (a la postre los tribunales laborales) el pago de la prima dominical le corresponde a él acreditar que laboró en ese día, mientras que a su patrón que sí la cubrió.

Esto de acuerdo con la jurisprudencia de rubro DÍAS DE DESCANSO SEMANAL Y DE DESCANSO OBLIGATORIO. CARGA DE LA PRUEBA  TRATÁNDOSE DE RECLAMACIONES POR AQUEL CONCEPTO, dada a conocer en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Tomo II, p. 951, Materia Laboral, Jurisprudencia, Registro 2,014,582; junio de 2017,  en la cual se precisa que cuando exista una controversia referente al pago de prima dominical, la obligación del trabajador es demostrar que efectivamente laboró los días domingo, y una vez justificado por el obrero la carga aludida, corresponde al patrón probar que los cubrió; esto sin perjuicio de las facultades que el artículo 784 de la LFT, confiere a la Junta la facultad de eximir de la carga de la prueba al trabajador, cuando de otras pruebas se desprenda tal hecho.

Por lo anterior, es recomendable que los patrones lleven controles de asistencia en los centros de trabajo, para que puedan desvirtuar tal hecho, o en caso de que su personal sí labore en domingo y se les cubra el pago correspondiente, estén en posibilidad de ofrecer como prueba los recibos de nómina respectivos.

“Cuando el alumno esté preparado aparecerá el Maestro”

Los maestros aparecen bajo diversas formas. El tuyo puede muy bien ser un alma experimentada dispuesta a ayudarte y guiarte en tu camino. De un modo u otro, esa alma sabia ha estado siempre a tu disposición. Es tu disposición, ahora, la que hace que el maestro pueda ayudarte.

El maestro puede ser una cinta o un DVD testimonial, que alguien ha dejado “por accidente” en tu coche y que tú, “por accidente” pones en el momento preciso.

Tu maestro puede ser un libro o un artículo que te haya recomendado un amigo. Puede ser tu asistencia imprevista a una conferencia o a una misa o un servicio en la iglesia; el mensaje parece estar dirigido de manera especial y específica para ti.

El maestro, puede ser un niño que te coge de la mano y te hace una pregunta en la que tú no habías pensado hasta ese momento, y la respuesta que le das al niño es la respuesta que te das a ti mismo.

Tu maestro puede ser invisible y aparecer en forma de un pensamiento que viene a tu mente en un momento tranquilo, de contemplación, y te anima a seguir una dirección determinada.

Cuando tú, el alumno estés preparado y dispuesto, el maestro aparecerá. Aparecerá.

Hace su aparición en todo y en todos cuantos lugares te encuentres. Como ya sabes, no existen las coincidencias. El universo tiene un propósito.

Cuando el insecto herido, moribundo, te recuerde la necesidad de ser compasivo, es que el maestro ha aparecido. Cuando la persona sin hogar, con su aspecto desastrado y la mano extendida, te recuerde la necesidad de ser piadoso, es que el maestro ha aparecido. Cuando el soldado, cargado con sus armas y dispuesto a matar al enemigo, te recuerde la necesidad de enviar amor y paz allí donde éstos son más difíciles, es que el maestro ha aparecido. La aparición del maestro está en todas partes y, sin él, te verás andando a tientas.

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Hoy Morelia festeja 260 años del natalicio del Generalísimo José María Morelos y Pavón.

Hijo de un carpintero de ascendencia indígena y una abnegada mujer criolla, José María Teclo Morelos y Pavón nació en un convento. Asaltada en la calle por las urgencias del parto, Juana Maria Guadalupe Pérez y Pavón sería asistida por la caridad de unas monjas.

Ella le enseñaría a leer al muchacho (José María Teclo Morelos Pavón y Pérez), al que la adversidad convirtió en arriero, pero la confianza del dueño de la hacienda de Guadalupe le daría cauce a su ingreso al Colegio Nicolaíta en 1792. A los tres años se cobijó de bachiller; a los cinco de sacerdote.

Encargado del curato de Carácuaro y Nocupétaro, el obispo de Michoacán, Abad y Queipo, le ordenó pegar en los muros de la iglesia un texto infamante contra Hidalgo, recién levantado en armas, lo que no le impidió abrazar la causa.

Anhelaba ser capellán de los insurgentes, pero la orden fue levantar al sur. La ruptura del sitio de Cuautla y la toma de Tixtla mostrarían nítidamente al genio militar y, la pauta para la Constitución de Apatzingán, el ideólogo “que solo distinga a los mexicanos la virtud o el vicio”, escribiría en sangre los Sentimientos de la Nación.

Enamorado, padre de dos hijos, una mujer sería el eslabón para su captura. Y uno de ellos el centro del misterio de sus restos.

Torturado moral y físicamente por la Inquisición, Morelos, sin embargo, llegaría en sus restos al altar de los reyes de la Catedral Metropolitana y luego a la Capilla de San José de la misma.

La grandeza de Morelos, que es para los michoacanos un timbre de orgullo, hizo al general Napoleón Bonaparte afirmar: “Denme a dos Morelos y conquisto al mundo”.

Esa misma grandeza, condujo a un comandante realista a escribir al Virrey Francisco Javier Venegas: “Ese clérigo es un segundo Mahoma”, y es la misma que hizo exclamar al periodista liberal Ignacio Manuel Altamirano, que Morelos era “un genio de la guerra”.

Su genio jurídico y político lo hizo ser el alma del Congreso de Chilpancingo en 1813, el depositario temporal del Poder Ejecutivo, el creador del Supremo Tribunal de Justicia de la Nación en Ario de Rosales y luego el supremo legislador de Los Sentimientos de la Nación en 1814.

Morelos, el escultor que cincelo los cimientos del México independiente.

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Columna de Opinión
Mtro. Arturo Ismael Ibarra Dávalos.

SHEMBAUM VS. SALINAS PLIEGO

“Es evidente que la presidente Claudia Sheinbaum Pardo y yo tenemos profundos desacuerdos, y eso no va a cambiar. En una democracia es válido tener diferencias”, escribió Salinas Pliego después de que la Titular del Ejecutivo lo mencionara de nuevo en su conferencia matutina.

Manifestó que los gobiernos, tanto el actual como el anterior encabezado por Andrés Manuel López Obrador, le han dedicado “muchísimo” tiempo a calumniarlo en lugar de dedicarse a dar los resultados para los cuales fueron elegidos en las urnas.

De acuerdo con el empresario, dichas menciones e intercambios verbales no resuelven nada y mucho menos construyen la confianza que los empresarios mexicanos y extranjeros necesitan para seguir invirtiendo en el país.

EL INFORME DE RAMÍREZ BEDOLLA

Ahora en el informe del gobierno como siempre puras mentiras, a los maestros no les ha cumplido como dice en su informe, porque por ejemplo al Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán, desde que él llegó no ha pagado las prestaciones laborales adeudadas y Alfaro el Director General no rinde cuentas, no se sabe a dónde van esos recursos; hace 7 años que les quitaron a todos las prestaciones laborales, pero ellos siguen trabajando sin afectar a los estudiantes.

ACCIDENTES VIALES CUESTAN MUCHO

Según datos del INEGI y la Secretaria de Salud en México se registra o se reporta anualmente: más de 300,000 accidentes viales sin contar los incidentes; alrededor de 15,000 muertes al año por hechos de tránsito.
Siendo la primera causa de muerte en personas de entre 15 y 29 años.
El 90% de los siniestros son atribuibles a errores humanos evitables.
Estos datos evidencian una crisis de salud pública y de derechos humanos relacionada con la movilidad, que requiere abordarse con atención a las instituciones de seguridad vial con urgencia.

Jurisprudencia

CONVENIOS SANCIONADOS POR LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN LABORAL. ES IMPROCEDENTE EL PLANTEAMIENTO DE SU NULIDAD CUANDO SE ADUCE RENUNCIA DE DERECHOS. Hechos: Diversas personas trabajadoras demandaron el reconocimiento de su antigüedad genérica de empresa y diversas prestaciones accesorias. La persona juzgadora determinó que la acción era improcedente, al actualizarse la cosa juzgada, por existir un convenio celebrado entre las partes ante un Centro de Conciliación en el que reconocieron una determinada fecha de ingreso de la parte obrera a su fuente de empleo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente el planteamiento de nulidad formulado contra convenios laborales sancionados por los Centros de Conciliación, cuando se aduce renuncia de derechos. Justificación: Los artículos 684-E, fracción XIII y 987 de la Ley Federal del Trabajo establecen que los convenios celebrados ante los Centros de Conciliación, cuando no afecten derechos de los trabajadores, tendrán efectos definitivos, por lo que se elevarán a la categoría de sentencia ejecutoriada y, por ende, son vinculantes para las partes, por lo que no procede que con posterioridad la parte trabajadora haga valer su nulidad aduciendo renuncia de derechos, en relación con hechos y prestaciones que fueron materia de pronunciamiento por dichas autoridades; de ahí que resulte improcedente la acción de nulidad, conforme a la tesis de jurisprudencia 2a./J. 17/2015 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: “CONVENIO LABORAL SANCIONADO POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. ES IMPROCEDENTE EL PLANTEAMIENTO DE NULIDAD FORMULADO EN SU CONTRA CUANDO EL TRABAJADOR ADUCE RENUNCIA DE DERECHOS (ABANDONO DE LAS JURISPRUDENCIAS 2a./J. 105/2003, 2a./J. 162/2006, 2a./J. 195/2008 Y 2a./J. 1/2010).”.

Registro digital: 2031249 Undécima Época Materia(s): Laboral Tesis: VII.2o.T. J/32 L (11a.) Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Publicación: Viernes 19 de septiembre de 2025 10:28 horas
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO. Amparo directo 1002/2022. 15 de febrero de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera. Amparo directo 23/2023. 5 de abril de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Arturo Navarro Plata. Amparo directo 111/2023. 23 de mayo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera. Amparo directo 404/2023. 27 de junio de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera. Amparo directo 1138/2023. 10 de julio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 17/2015 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 10 de abril de 2015 a las 9:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 17, Tomo I, abril de 2015, página 699, con número de registro digital: 2008806. Esta tesis se publicó el viernes 19 de septiembre de 2025 a las 10:28 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 22 de septiembre de 2025, para los efectos previstos en el punto noveno del Acuerdo General Plenario 1/2021.

EL GENERALÍSIMO

“Generalísimo Morelos” se refiere a José María Morelos y Pavón, el sacerdote, militar y político insurgente mexicano que lideró la segunda etapa de la Guerra de Independencia de México. Se le conoce también como el “Siervo de la Nación” y es considerado uno de los padres de la patria mexicana. Hoy a 260 años de su nacimiento lo honramos.

Ya nos vemos en otra Vuelta de la Esquina.

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REFLEXION DOMINICAL DEL PADRE PISTOLAS
Domingo 28 de septiembre de 2025
TEMA: COMPARTAN LO QUE TIENEN AHORA.
  • – Nos aparece en el evangelio de San Lucas la parábola del pobre Lázaro y del rico (sin nombre) Epulón que quiere decir tragón, para advertirle a los apóstoles de la indiferencia hacia los limosneros o sea el pecado de omisión, o sea que fue castigado no por hacer sino por no hacer, no por matar, robar, violar, sino simplemente por no mirar y no socorrer a Lázaro a pesar de estar en la puerta de su casa, sin embargo después de la muerte sí lo vio desde la “Geena” hasta el seno de Abraham que nosotros le llamamos el cielo.
  • – Hoy en día también vivimos en un país dual por una parte expresidentes súper millonarios que robaron por ejemplo Carlos Salinas de Gortari que se robó cien mil millones de dólares y que lo esconden en paraísos terrenales, Zedillo, Fox, Calderón, Peña Nieto, protegidos por la suprema corte de justicia y hasta con una flotilla de Jets para vuelos caster particulares con un licenciado “Collado” que enriquecieron a 17 familias como Carlos Slim, haciéndolos supermillonarios y por otra parte 60 millones de pobres que apenas ganan para comer, muchas veces comiendo una comida al día, sin esperanzas de tener una casa, nos pagan el kilo de maíz a 5 pesos y nos venden el kilo de tortillas a 25 pesos y con maseca que lo sacan de maíz transgénico que junto con el pan Bimbo y la coca nos están matando de cáncer.
  • – Los palestinos de “Amas” en Jordania ya mataron los judíos de Netanyahu 60 000 incluyendo niños y mujeres y destruyendo sus casas y hospitales y matándolos de hambre, no permitiendo alimentos de la ONU y demás pueblos.
  • – Mas que queriendo hablar del cielo y el infierno Cristo quiere que ahorita compartémos la comida, el vestido y la medicina con los más pobres bajo amenaza de condenarnos sino lo hacemos.
  • – Un ejemplo de injusticia es Cuauhtémoc Cárdenas que recibe el 3% de Pemex, primero su mamá Amalia y ahora él para qué quiere una casa de un billón de pesos un viejo de 85 años caído en el olvido mientras a su papá Lázaro Cárdenas del Rio lo recordamos repartiendo las tierras a los pobres.
  • – Cada uno de nosotros aunque no somos ricos debemos compartir lo que tenemos con los vecinos que conocemos teniendo el ropero lleno de ropa sin usar, teniendo el refrigerador lleno de comida echándose a perder, antes de que sea demasiado tarde y ardemos de lumbre en lugar de arder de amor al cabo ¿qué nos vamos a llevar? Se acaba de morir el segundo más rico de México el dueño de Bimbo y no se llevó nada, mientras sus productos están matando a los mexicanos de cáncer y diabetes, casi todo lo que se venden en las tiendas son del Bimbo.
  • – El profeta “Amos” pastor y cultivador de higos truena en contra de los ricos, se clinan en divanes de marfil, se comen los becerros gordos, se atiborran, se  ponen los permones

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  • más caros, se divierten con el arpa pero no se preocupan de los pobres, no se trata de que todos estemos pobres sino que participemos de lo que tenemos.
  • – Iba un borracho que ya le andaba de tirar el agua y se puso hacerlo en la puerta de un convento y sale una monjita y dice “barbaridad, que es esto.
  • – Y eso que no lo ha visto trabajar madre.
Que Dios los bendiga.

Había un viejo juez árabe que era famoso por su sagacidad. Un día acudió a él un tendero quejándose de que le habían robado en la tienda, pero que no había forma de atrapar al ladrón.

El juez ordenó que sacaran de sus goznes la puerta de la tienda, la llevaran a la plaza del mercado y le administraran cincuenta latigazos por no haber cumplido con su obligación de impedir la entrada al ladrón.

Se reunió una gran multitud en la plaza para asistir a la ejecución de tan extraña sentencia. Una vez administrados los cincuenta latigazos, el juez se inclinó hacia la puerta y le preguntó quién era el ladrón.

Luego aplicó su oído a la puerta para escuchar lo que ésta tuviera que decir.

Cuando volvió a incorporarse, anunció: “La puerta declara que el robo ha sido cometido por un hombre que tenía una telaraña en lo alto de su turbante”. Al instante, un individuo que se hallaba entre la multitud se llevó una mano al turbante.

Registraron su casa y se recuperó lo que había sido robado.

Todo lo que hace falta para descubrir el “ego” es una palabra de adulación o de crítica.

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El mezcal es una bebida alcohólica tradicional mexicana, destilada del corazón de varias especies de agave, que se distingue de otros licores por su sabor ahumado y a menudo complejo, y que se puede elaborar en un número de estados específicos de México bajo la Denominación de Origen Mezcal (DOM). Su proceso de elaboración tradicional, que se remonta a las culturas prehispánicas, incluye hornear el agave en un horno de tierra, para luego extraer su jugo, fermentarlo y finalmente destilarlo, dando como resultado una bebida con una rica historia cultural y una amplia variedad de sabores.

La producción de mezcal es un proceso artesanal que consta de varias etapas:

Jima: Se corta la parte superior de la planta del agave (la penca o maguey) para dejar al descubierto el corazón, llamado “piña”.

Cocción: Las piñas de agave se cuecen en hornos de tierra con leña y piedra, lo que les confiere un sabor ahumado característico.

Molienda: Después de cocidas y enfriadas, las piñas se trituran con mazos de madera o máquinas para extraer los jugos azucarados.

Fermentación: Los jugos se colocan en tinas de madera y se dejan fermentar de forma natural, donde las levaduras convierten el azúcar en alcohol.

Destilación: El líquido fermentado se destila en alambiques de cobre o barro, proceso que separa el alcohol para obtener el mezcal.

El mezcal se puede clasificar según varios factores:

Variedad de agave: Existen más de 30 tipos de agave con los que se puede hacer mezcal, lo que genera una gran diversidad de sabores.

Añejamiento:

Blanco o joven: Se envasa directamente después de la destilación, sin añejamiento.

Reposado: Madurado en barriles de madera por un periodo de 2 a 12 meses.
Añejo: Almacenado en barriles de madera por un mínimo de un año.

Método de producción:

Tradicional: Elaborado sin maquinaria electrónica, con métodos ancestrales.
Pechuga: Se añade una pechuga de pavo o conejo durante la destilación.

Abocado: Se agregan ingredientes como semillas, flores o incluso gusanos de maguey para darle sabor.
Diferencias con el Tequila
Mientras que el tequila se elabora exclusivamente con agave azul, el mezcal permite el uso de una gran variedad de agaves, lo que resulta en un espectro de sabores más amplio y diferente.

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Las Musas, en la mitología griega, son las nueve diosas hijas de Zeus y Mnemósine (la memoria), que inspiraban las artes y las ciencias, siendo invocadas por los poetas al inicio de sus obras.

La figura de una musa también se usa hoy en día para referirse a una persona, generalmente una mujer, que inspira creativamente a un artista.

En la mitología griega, eran las hijas de Zeus y Mnemósine, la diosa de la memoria.

Inspiraban a los mortales con ideas y el conocimiento necesario para crear arte, música, poesía y otras formas de expresión.

A menudo acompañaban a Apolo, dios de la música y las artes, quien dirigía sus coros y las consideraba sus compañeras.

Las nueve musas son Calíope (poesía épica), Clío (historia), Erato (poesía lírica y amorosa), Euterpe (música), Melpómene (tragedia), Polimnia (himnos sagrados), Talía (comedia), Terpsícore (danza) y Urania (astronomía).

La palabra “musa” se refiere, en sentido figurado, a una persona que sirve de inspiración a un creador.

Aunque originalmente se referían a diosas mitológicas, la figura de la musa sigue viva en la actualidad, y artistas de todas las épocas han sido representados con musas como acompañantes o fuentes de inspiración, como puede verse en obras de arte y en la cultura popular.

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Tópicos Laborales. Caracteres Del Derecho Del Trabajo

Por Arturo Ismael Ibarra Dávalos.

Se puede decir, que la conceptualización del Derecho del Trabajo, está conformada por el conjunto de preceptos, de orden público, regulador de las relaciones jurídicas que tiene por causa el Trabajo, por cuenta y bajo dependencias ajenas, con el objeto de garantizar a quien lo ejecute, su pleno desarrollo como persona humana; y a la comunidad la efectiva integración del individuo en el cuerpo social, y la regularización de los conflictos entre los sujetos de estas relaciones. Lacónicamente su fin es la Protección del Trabajador por consiguiente sus elementos principales son:

El Trabajo Humano Libre y Personal.
La Relación de Dependencia, caracterizada por la subordinación y el trabajo efectuado por cuenta ajena.
El pago de la Remuneración como Contraprestación.

El fenómeno social del trabajo genera unas relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que por lo general existe una parte Fuerte (el Empleador) y una parte Débil (el Empleado). Por ello, el Derecho Laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social tutelada.

El Derecho del Trabajo, como una Rama Jurídica de relativa y reciente data, y en constante evolución, ha recibido diversidad de denominaciones. En sus comienzos se le conoció con el nombre de Legislación Industrial o Derecho Industrial, posteriormente se le catalogó como Legislación Obrera o Derecho Obrero, enmarcándole dentro de la esfera del Derecho Social. Pero en la actualidad tanto la Organización Mundial del Trabajo (OIT), como las Doctrinas y Cátedras Universitarias, se refieren a esta área jurídica como el “Derecho del Trabajo”, nuestra reglamentación adopta esta nomenclatura jurídica, aunque últimamente tomando como denominación el de “Derecho Laboral”.

Es un Derecho Dinámico: se encuentra en constante evolución, que surge de la realidad social. Porque regula las relaciones Jurídicas-Laborales, establecidas entre los dos polos de la Sociedad Capitalista. Y debido a los grandes choques de sus intereses protegidos, vemos que tiene un carácter inconcluso.

Es un Derecho de Integración Social: ya que sus principios y normas obedecen al interés general.

Es un Derecho de Gran Fuerza Expansiva: debido a que nació protegiendo a los Obreros y luego a los Empleados. Hoy en día posee una cobertura muy amplia ya que Regula Deberes y Derechos de Empleados y Empleadores Obreros o Patronos. Por otra parte, norma todo lo referente al Salario, Horas de Trabajo, Seguridad Laboral, Despidos Justificados e Injustificados, Contratos Individuales, Sindicatos, Huelgas y otros. 

Es un Derecho Profesional: se ocupa del Hombre por el solo hecho de la Profesión o Trabajo.

Es un Derecho Imperativo: como Norma del Derecho Público, es Imperativo, y por lo tanto no pueden renunciarse ni relajarse por convenios particulares.

Es un Derecho Autónomo: tiene autonomía científica, legislativa y didáctica que le permite resolver de motu propio el objeto de la materia. Esa independencia no es absoluta ni se trata de un derecho de excepción: la autonomía es más bien relativa, ya que el derecho está interrelacionado entre sus distintas partes.

Es un Derecho Concreto y Actual: si bien es cierto que en la Ley del Trabajo, existen normas de carácter abstracto, la normativa está adaptada a las necesidades del País, teniendo en cuenta la diversidad de Sexos, los Regímenes Especiales de Trabajo, el Trabajo de Menores, Aprendices, Mujeres, Trabajadores Domésticos, Conserjes, Trabajadores a Domicilio, Deportistas y Trabajadores Rurales.

Entre los Tratadistas aún se discute si la Naturaleza Jurídica del Derecho del Trabajo o Derecho Laboral, es de orden Público o Privado. Unos opinan que para saber si la norma es de Derecho Público hay que analizar la Relación Jurídica existente, por ello será pública si la norma que lo rige es de carácter público.

Otros, para determinar su Naturaleza, se refieren a los sujetos intervinientes en esta relación, determinando que si los sujetos antedichos son de Derecho Privado, la relación lógicamente es de Derecho Privado o viceversa.

Se debe señalar, que el Derecho del Trabajo, no puede ser calificado en ninguna de las dos ramas tradicionales del Derecho, Público o Privado, ya que está constituido por reglas convergentes de ambas categorías, y no siempre aparecen normas netamente diferenciadas de carácter Público o Privado.

Doctrinariamente, se lo considera como Derecho Público, Derecho Privado e inclusive como un “Derecho Mixto”. En materia de Derecho Individual prevalece el orden público, se trata de un Derecho Privado limitado por el Orden Público Laboral. Otros apuntan que es un derecho de corte social.