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EL
COMITÉ EJECUTIVO GENERAL DEL
SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA, emitió el COMUNICADO SPUM número 06052024. Boletín Informativo No. 16; que dice así: “Morelia, Michoacán a 06 de mayo del 2024
COMUNICADO A LOS AGREMIADOS AL SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD
MICHOACANA (SPUM):
Por este medio nos permitimos informarles, que el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Michoacán, con fecha 3 del presente mes y año, concedió la Suspensión Provisional a la solicitud de Amparo que se presentó, en contra del Acuerdo de fecha 03 de abril del 2024, en lo que se refiere a la emisión de la Convocatoria para la elección del Comité Ejecutivo General y Comisiones Autónomas del SPUM, por parte de la Coordinación General de Verificación, del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
ATTE.
“UNIDAD, DEMOCRACIA E INDEPENDENCIA SINDICAL”
COMITÉ EJECUTIVO GENERAL DEL
SINDICATO DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD MICHOACANA”.

Lo que significa que se puede seguir con la convocatoria emitida por los órganos internos del SPUM, por lo cuál es completamente válido el proceso electoral que se está verificando, para elegir el día 9 de mayo, al que será el nuevo Comité Ejecutivo General y Comisiones Autónomas.

Lo anterior ya que cómo lo hemos venido diciendo: la legislación laboral respetará en todo momento para la constitución y elección de dirigencias sindicales, lo que los estatutos señalen, observándose los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías y únicamente la autoridad laboral, a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, verificará y certificará el cumplimiento de tales aspectos.

Esto es, no es facultad de la autoridad laboral emitir convocatorias, sino únicamente verificar y certificar el cumplimiento de los requisitos antes señalados.

Laborissmo seguirá informando…

Dentro del proceso de elección de Comité Ejecutivo General y Comisiones Autónomas, que se está llevando en la Casa de Hidalgo, por parte de académicos pertenecientes al Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana; está circulando en redes sociales el siguiente comunicado:

“La Planilla Naranja, un jugo de acciones ilegales y antisindicales dentro del SPUM. La PGJE de Michoacán tiene abierta una carpeta de investigación contra MARIA SANTOYO TENA, entonces Secretaría de Actas, Archivo y Estadística del SPUM/2017, por los delitos 299-P2 de Falsificación o Alteración y Uso Indebido de Documentos. La Secretaría General y la Secretaría de Actas, Archivo y Estadística en el 2017, ambas en contubernio, alteraron contenido de las Actas afectando al spum. La Fiscalía de Michoacán les solicitó los audios y las Actas para compulsar contenidos y ¿qué creen? La Secretaria de Actas, Archivo y Estadística declaró que en una noche muy oscura y sin vigilantes se robaron todos esos documentos de sus oficinas. Hoy María Santoyo compite para la Secretaría de Finanzas por la planilla naranja. Ojo: No votes por los responsables del quebranto del SPUM. Sacúdete a la mafia.”

Por lo cual Laborissmo siempre preocupado “Por la Mejora del Ámbito de Trabajo”, sé dió a la tarea de investigar y encontró lo siguiente:

Se entrevistó al Lic Alejandro Chávez, quien fungió de defensa y así dijo: “Perdón, no sé por qué se publique esta información, pero yo creo que es totalmente irracional. A mí me tocó ver ese asunto y es falso lo que se publica, totalmente, entonces, con todo respeto, no podemos publicar cosas por publicar.

Hay que ser responsables. En este caso se le investigó a Santoyo porque se dijo que se falsificó una acta, lo cuál es totalmente falso, tan esa sí que se comprobó cuál era el contenido del acta, así que el propio denunciante en la sesión siguiente, votó a favor y la probó y se comprobó que ni siquiera el estuvo en la sesión donde establecía la falsedad del acta y la siguiente se dio lectura del acta, porque así es el procedimiento. Todos hemos estado en sesiones de los sindicatos; por lo que se aprobó de manera total y obra la firma del propio denunciante.

Entonces, yo creo que es bastante irresponsable publicar este tipo de cosas, ya que incluso podría darse un delito de ataques al honor, si no no es la verdad, pues no es razonable que se publiquen en este tipo de cosas, no sé porque se hagan si por ganar votos o Publicidad o protagonismo o que pase”.

Acotando: “Esa carpeta se archivó inmediatamente porque se estableció que lo dicho por el denunciante no era razonable y era falso al no haber estado siquiera presente en la sesión y asegurar que sí y luego haber votado el cien por ciento por el contenido y firmado los presentes”.

Sin omitir precisar que la contadora María Santoyo, puede promover acciones legales en contra de quienes promuevan éste tipo de información falsa, por ataques al honor o daño moral.

Laborissmo seguirá informando…

La planilla naranja, que participa en el proceso de renovación del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), a desarrollarse el día 9 de mayo, en el Auditorio de Usos Múltiples de Ciudad Universitaria, de la 9:00 a las 17:00 horas, se encuentra conformada por los Maestros: José Manuel Fabian Regalado, Secretaría General, Luis Fernando Núñez García, Secretaría de Organización, Arturo Ismael Ibarra Dávalos, Secretaría del Trabajo, María Santoyo Tena, Secretaría de Finanzas, Gabriela Elisa Torres Ortiz, Secretaría de Asuntos Académicos, Leticia Reyes Campos, Secretaría de Prestaciones y Asistencia Social, JeanethHernández Razo, Secretaría de Educación Sindical, Pedro Fernández Murillo, Secretaría de Jubilaciones y Pensiones, Saúl Ignacio Carranza Germán, Secretaría de Prensa y Propaganda, Benedicte Trejo Álvarez, Secretaria de Relaciones Exteriores, Abril ErándeniAguilasocho Torres, Secretaría de actas, Archivo y Estadísticas y Rodolfo Magaña Cárdenas, Secretaría de Recreación, Cultura y Deportes, POR UN SINDICALISMO PROACTIVO Y JUSTO PARA TODOS”, buscan el OBJETIVO:

Su proyecto apuesta por algo que es sumamente necesario y sobre todo es posible, en estos tiempos en que se demanda una mayor competitividad, se propone un cambio organizacional,  mediante el uso de tecnologías digitales en constante evolución, que permitan una mejor atención al servicio; mayor transparencia y rendición de cuentas; mejores estrategias de organización y movilización del gremio; la adopción de nuevas formas de negociación colectiva; una defensa laboral efectiva; y el empoderamiento de los trabajadores, además, de mejorar la imagen e identidad del SPUM al gremio y sociedad en general. Para así, dejar atrás el sindicalismo tradicionalista, que mantiene una rigidez organizativa, escasa representatividad y carente de innovación.

Basándose en cuatro ejes​​​​ :

1) Fortalecer la representación y defensa de los derechos de los trabajadores;

2) Transparencia y rendición de cuentas de nuestro sindicato;

3) Amplificar la comunicación e interacción entre SPUM – GREMIO – SOCIEDAD, y;

4) Desarrollar un entorno educativo y de crecimiento en la base sindical,

1) Fortalecer la representación y defensa de los derechos de los trabajadores.

Para lograr esto, primero se debe fortalecer la confianza y la legitimidad del sindicato, y en esa transformación lograr así, un empoderamiento del gremio, que permita una participación más activa en la vida sindical; toma de decisiones más democráticas; transparencia y rendición de cuentas; desarrollo y capacitación; y un mayor liderazgo sindical más colaborativo y menos centralista. Respetando las facultades de cada órgano de gobierno estatutario, y aprovechar ese poder en beneficio de las condiciones laborales y defensa de los derechos.

2) Transparencia y rendición de cuentas de nuestro sindicato;

En la implementación de tecnologías digitales en todos y cada uno de los procesos administrativos del sindicato, va implícita la necesidad de contar con información accesible y verídica, para así, brindar los mecanismos tecnológicos adecuados para transparentar el uso y aplicación del patrimonio sindical.

3) Amplificar la comunicación e interacción entre SPUM – GREMIO – SOCIEDAD.

La implementación de nuevas tecnologías digitales, que sirva por una parte para la mejor toma de decisiones internas y mejoramiento de la atención al gremio persona a persona, pero lo más importante, es lograr una comunicación más amplia y efectiva con todo el gremio con herramientas web accesibles y asequibles, como lo es una plataforma WEB integral, desarrollo de una aplicación móvil y el uso de diversas redes sociales, desde ello, se difundirá la información más relevante, y con accesos individuales seguros, se podrán realizar trámites sindicales y verificar su estatus; realizar consultas diversas a expedientes personales; quejas y sugerencias; entre otros.

4) Desarrollar un entorno educativo y de crecimiento en la base sindical,

Una base sindical mejor educada e informada, es sinónimo de un sindicato fortalecido, bajo esta premisa, debemos entender que para hacer frente a las nuevas disposiciones legales que marca la LFT, es importante contribuir con una Educación Sindical más objetiva y amplia, y en la construcción de ideas poder llevar a cabo mejores decisiones democráticas que rijan el futuro del SPUM, desde un marco legal más justo; y sobre todo para lograr mejores negociaciones contractuales con la autoridad, desde la lucha de derechos vigentes hasta la construcción de mejores prestaciones y calidad de vida de los trabajadores.

 

COMPROMISO

 La planilla NARANJA se compromete a que los representantes de cada una de las secretarías, realice con responsabilidad, las actividades enumeradas, desarrollándose en un marco de trabajo, que fortalezca la unidad y el respeto a la dignidad de todos y cada uno de los miembros del SPUM.

Sabedores de que legislación laboral (en sus artículos  del 356 al 371 bis de la Ley Federal del Trabajo) respetará en todo momento para la constitución y elección de dirigencias sindicales, lo que los estatutos señalen, observándose los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías y únicamente la autoridad laboral, a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, verificará y certificará el cumplimiento de tales aspectos.

 

 

Según el Artículo 356 de la Ley federal del trabajo unSindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas. Párrafo reformado DOF 01-05-2019. Artículo 357, del mismo cuerpo de leyes.

Las organizaciones de trabajadores y de patrones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus representantes en su constitución, funcionamiento o administración. Párrafo adicionado DOF 01-05-2019

Se consideran actos de injerencia las acciones o medidas tendientes a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un patrón o una organización de patrones, o a apoyar de cualquier forma a organizaciones de trabajadores con objeto de colocarlas bajo su control. Las prestaciones pactadas en la contratación colectiva no serán consideradas como actos de injerencia. Párrafo adicionado DOF 01-05-2019

Cualquier injerencia indebida será sancionada en los términos que disponga la Ley.

El Artículo 359, de la misma legislación nos indica: Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción.

Por su parte el Artículo 364 Bis, señala: En el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías. Tratándose de actualización de la directiva sindical, la Autoridad Registral deberá expedirla dentro de los diez días siguientes a que se realice la solicitud, y se procederá de forma tal que no deje al sindicato en estado de indefensión.

En materia de registro y actualización sindical, la voluntad de los trabajadores y el interés colectivo prevalecerán sobre aspectos de orden formal. Artículo adicionado DOF 30-11-2012. Reformado DOF 01-05-2019

Y el Artículo 371 Bis, señala: Las elecciones de las directivas de los sindicatos estarán sujetas a un sistema de verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en la fracción IX del artículo 371 de esta Ley, conforme a lo siguiente:

I. Los sindicatos podrán solicitar el auxilio del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a efecto que certifiquen el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Al concluir la elección, la autoridad que acuda a la verificación deberá formular un acta en la que conste el resultado de la elección y de la forma en que ésta se llevó a cabo, de la que se entregará copia al sindicato solicitante;

II. La solicitud será realizada por los directivos sindicales o por lo menos por el treinta por ciento de los afiliados al sindicato, y

III. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral podrá desahogar este sistema de verificación de la elección de las directivas sindicales para que se cumpla con los principios constitucionales de certeza, confiabilidad y legalidad, y los señalados en el artículo 364 Bis de esta Ley. En caso de duda razonable sobre la veracidad de la documentación presentada, el Centro podrá convocar y organizar un recuento para consultar mediante voto personal, libre, directo y secreto de los trabajadores el sentido de su decisión. Artículo adicionado DOF 01-05-2019

Esto nos lleva al conocimiento legal de que: “Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas”; así también a que “Las organizaciones de trabajadores y de patrones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras…” y que “Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción”.

También de que: “En el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías”, para ello: “Las elecciones de las directivas de los sindicatos estarán sujetas a un sistema de verificación del cumplimiento de los requisitos previstos…”.

Por lo que: “Los sindicatos podrán solicitar el auxilio del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a efecto que certifiquen el cumplimiento de los requisitos antes mencionados.”

Con ello arribamos a la conclusión de que la legislación laboral respetará en todo momento para la constitución y elección de dirigencias sindicales, lo que los estatutos señalen, observándose los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías y únicamente la autoridad laboral, a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o de la Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, verificará y certificará el cumplimiento de tales aspectos.

Laborissmo seguirá informando…

El pasado miércoles 3 de abril, la Coordinación General de Registro de Asociaciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) dio a conocer la resolución en torno a la elección sindical que se llevó a cabo el pasado jueves 22 y viernes 23 de febrero para renovar al Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), la cual declararon improcedente por distintas cuestiones, al tiempo que destacaron que ninguna expresión al interior del gremio tiene actualmente toma de nota, por lo que urgía a renovar la dirigencia.

Primeramente, el documento expedido hace hincapié en que no hay la certeza de que dos terceras partes de la base hayan acudido a la realización de la asamblea, y por consecuente que el 51 por ciento de los integrantes hayan tomado acuerdos, por lo que la Comisión Electoral no contaba con las facultades de organizar y calificar el procedimiento de elección del Comité Ejecutivo General y Comisiones Autónomas del SPUM. De manera que, “resulta un hecho indubitable que no se cubrieron los requisitos de ley y estatuarios para actuar como Comisión Electoral”, se adjunta en el escrito.

En adición, se dio a conocer que no se cumplió con el padrón completo y actualizado de votantes, pues desde el 7 de agosto de 2019 no se ha renovado, a pesar de que cada 3 meses se debe de reportar a la autoridad las altas y bajas en la base de datos. Aspecto que en el artículo 371 fracción IX inciso d) de la Ley Federal del Trabajo establece que “en los procedimientos de elección de directiva los sindicatos deben observar -entre otros puntos-, integrar un padrón completo y actualizado de los miembros del sindicato con derecho a votar, el cual deberá publicarse con al menos tres días de antelación a la elección”.

A pesar de que en la contienda llevada a cabo la tercera semana de febrero se obtuvieron mil 844 sufragios, colocando como ganadora a la Planilla Plata, encabezada por el docente Ramiro Silva Orozco, esta cifra sólo corresponde al 50.92 por ciento del padrón utilizado. Por ende, el CFLR destacó que en caso de tomarse como referente el padrón de 2019 con 3 mil 621 posibles votantes, casi el 50 por ciento de agremiados no ejerció su voto, necesitándose por ley el 51 por ciento para proceder.

Otro de los datos que resalta en la resolución es que se tiene evidencia cierta y suficiente de la existencia de tres personas que se ostentan como secretarios Generales del SPUM, sin que ninguno de ellos cuente con toma de nota vigente y registrada ante esta autoridad. Es decir, la todavía dirigencia sindical de Jorge Luis Ávila Rojas tampoco es reconocida como tal para las negociaciones con la parte patronal o la autoridad.

Desde el pasado viernes 19 de marzo, el Comité Ejecutivo actual dio a conocer la convocatoria emitida por el Consejo General del SPUM para realizar la Asamblea General, en la que se llevará la elección para la renovación del Comité Ejecutivo y donde se establecen las bases para el registro de las planillas.

Mientras tanto, la Planilla Plata, la cual fue ganadora del intento pasado para renovar a la dirigencia del SPUM, llevará a cabo una reunión para valorar y analizar la respuesta del Centro de Conciliación y, por consiguiente, la continuidad de la alianza de los grupos que la conforman. En adición, la participación de los grupos al interior del sindicato en la próxima convocatoria es segura, si y solo si la publica el Centro Federal, ya que esto se estipula en el acuerdo número 2 del resolutivo donde se estable se lo siguiente:

“Requiérase a la Comisión General de Verificación para que convoque y organice de nueva cuenta la elección y que los agremiados del “Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana” mediante voto personal, libre, directo y secreto, elijan a su Comité Ejecutivo General y Comisiones Autónomas en términos de lo dispuesto por los artículos 371 y 371 Bis fracción III de la Ley Federal del Trabajo […]”. Por lo tanto, en base a la resolución, ninguna convocatoria sería válida salvo la que emita el propio Centro Federal.

Laborissmo seguirá informando…

*¿QUE VIMOS EN EL PRIMER DEBATE PRESIDENCIAL?*

Esperamos que ustedes como nosotros, se hayan dado el tiempo de escuchar y visualizar el primer debate presidencial.
Si así lo hicieron, de antemano, ¡les felicitamos por ello! ¡Porque eso habla que son ciudadanos responsables y preocupados por el Bienestar de su País!
Desde un principio *observamos a una candidata oficialista gris, con una voz que pareciera que acabara de levantarse de la cama.*
Por su parte, a un candidato de *MC con una sonrisa fingida que no pudo por cierto mantener durante todo el debate presidencial.*
Y a una candidata Xóchitl que *se fue empoderando gradualmente.*
Fue clara la cantidad de embates que se dirigieron coordinadamente tanto por parte de MC como de los oficialistas frente a Xóchitl, pero, como siempre Xóchitl reaccionó de manera estupenda frente a ello, sin perder el foco de sus propuestas.
Es de resaltar lo siguiente:
Dice la oficialista:
*¿Seguirá la Austeridad Republicana?* ¡Que Miedo! *¿Con manejo de recursos resguardados bajo Seguridad Nacional?* ¡La mejor forma de darnos cuenta que sería un desgobierno de más de lo mismo!
Bien, que ¡todos los trámites sean de forma Digital! *¡Estupenda propuesta de Xóchitl!*
*¡Qué golpazo se llevó la oficialista después de presumir su Curriculum como Jefa de Gobierno con la exhibición que hace Xóchitl del Grupo INDI!*
¡Bien por Xóchitl! ¡Evitar las Asignaciones Directas!

 

¡Contabilidad en línea de todos los manejos gubernamentales, con acceso total de los ciudadanos! ¡Excelente propuesta de Xóchitl! ¡Ahora sí se toparán con pared, nada le han podido encontrar y nada le encontrarán, por más que revisen está limpia y es transparente!
¿presidente honesto? ¡Se mordió la lengua la candidata oficialista! ¡Hay que estar pendientes de la sangre que le va a salir!
Conforme el Debate avanza Xóchitl se ve cada vez más cómoda. No podemos decir lo mismo de los otros dos candidatos, que se empiezan a desencajar, uno con una sonrisa borrada y la otra con su acostumbrada sonrisa aburrida y cada vez ¡menos convencida de su discurso! Xóchitl habla de toda una vida de servicio. Los otros, quieren respaldar su actuación, particularmente la oficialista, en sus reconocimientos oficiales. Pero ¡ni ella se lo cree!
¡Buena reacción como siempre de Xóchitl aplaudiendo el lenguaje de señas del candidato de MC! *¡Eso nos habla de su nivel de seguridad y su capacidad de reconocer en sus oponentes sus partes positivas!*
Me pregunto, *¿de qué sirve el aumento al salario que ofrece la candidata oficialista, si esto no se refleja en el gasto de la canasta básica?*
Como podrán ver, fue aplastante el resultado del debate presidencial a favor de Xóchitl Gálvez.
Más fresca, con mejor reacción, con propuestas muy claras y gozando de una clara transparencia.
Aún vendrán nuevos debates, pero estamos seguros que gradualmente iremos viendo como la candidata oficialista se va quedando rezagada.
Y, por otra parte, el de MC se reflejará cada vez más en su posición de esquirol.
Y para definirlos en una palabra a cada uno podemos decir:
Sheimbaum: *acartonada.*
Máynez: *tibio.*
Xóchitl: *entusiasta.*

Visualicemos un *México de Éxito, de Prosperidad y de Oportunidades para Todos.*
Dejemos *atrás las diferencias y la polarización* que nos han querido vender los que se han beneficiado de nuestro silencio y apatía.
Salgamos de esa sombra de *indiferencia y de la indolencia.*
*¡Es tiempo de México, es Tiempo de los Mexicanos!*
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*(Gentleman).*

Dr. Marco Antonio Tinoco Álvarez. Ombudspersonde Michoacán.

En el lenguaje común de nosotros, se le ha dado por llamar al policía, el elemento, no merece el trato de persona, no es posible decirle por su profesión, porque es una profesión y, al mismo tiempo, una actividad estatal básica, por no decir esencial.

En el año de 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de Enero, se reformó, el artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Federal, en esta nueva redacción, se les da a los militares, peritos, agentes del Ministerio Público, miembros del servicio exterior, un tratamiento especial, ordenando que se regirán por sus propias leyes, que en caso de separación injustificada no podrán ser reinstalados, y, además, que tendrán un sistema de seguridad social complementario o especializado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver diversos asuntos, decidió que la relación entre el Estado Mexicano –Federación, estados o municipios- y dichos servidores públicos, no es laboral, sino que se trata de un acto-condición, asemejándolo a un acto administrativo entre el estado y un particular. De donde salió esa interpretación, por qué, cual es la finalidad?, no lo sabemos, el Alto Tribunal, es un tema que parece haber superado y dejado en el pasado.

Sin embargo, los pactos internacionales relativos a esta calidad de funcionarios, no impiden que en caso de ser separados de sus cargos injustificadamente, puedan ser reinstalados y que deben gozar de los mismos derechos que cualquier otro servidor.

Un tema que no ha sido motivo de discusión, es la seguridad social, el sistema complementario, especial o ampliado a que alude dicho precepto Constitucional y que, desde la reforma Constitucional no ha sido objeto de legislación por la Federación, menos por los Estados.

A esto le sumamos que en casi todo el País, se les somete a jornadas inhumanas y a labores de alto riesgo, ignoramos porque no se han ido homologando paulatinamente las jornadas y actividades.

Tampoco esa fracción del referido artículo de la Carta Fundamental, alude a que los funcionarios referidos no cuenten con todos los demás derechos humanos que tiene la propia norma Suprema o los tratados internacionales de los que México es parte.

A esto se suma la casi total indiferencia en que las instituciones de educación superior del País, tienen a dicha actividad; solo encontramos un par, si no es que un poco más, que imparten a nivel técnico superior universitario, licenciatura y posgrado, programas de estudio relacionados con la seguridad pública y las ciencias forenses. A este paso, no tenderemos en el futuro cercano las policías y cuerpos de peritos que necesitamos.

A estas alturas sería interesante discutir por quédesde la reforma Constitucional a dicha parte, no se han tomado decisiones sustantivas, de profesionalización y autonomía, así como de protección de derechos a nuestros encargados de la seguridad pública y peritos.

 

Desde hace unos días que la controversia en torno a la banda sinaloense en destinos turísticos como Mazatlán inundó las redes sociales. Y es que todo comenzó con un video donde se puede ver a un grupo de extranjeros disfrutando de un concierto de música acústica a las orillas de la playa antes de ser interrumpidos por el sonido de la tradicional banda sinaloense.

Este hecho provocó en internet un debate sobre la gentrificación y la preservación de la música tradicional mexicana, sobre todo después de que surgiera otro video donde un empresario habla sobre la posibilidad de prohibir la banda sinaloense, a la que calificó de “escándalo”, pues, en su juicio, afecta a los turistas extranjeros y a los complejos hoteleros. Y además se atenta al derecho al trabajo que como derecho humano consagra la constitución federal en su artículo 5.

Este hecho provocó que cientos de músicos salieran a las calles en una protesta musical para pedir que no se prohíba una de las expresiones culturales más importantes de la región. Recientemente, otro video surgió en TikTok donde se puede ver a una pareja de extranjeros descansando en la playa cuando llega una banda a tocar.

Laborisssmo seguirá informando…

Anecdotario/triste

Por: José Antonio Sánchez

Muchos desconocen la palabra “En vida”, y claro que muchos hasta la pronuncian en más de una ocasión; incluso en frases de motivación y si es en redes, ¡wow! Hasta se deslizan como verdaderos seres de luz.

Al grano amigos. Vine a redactar el anecdotario más triste que tuve en mente escribir, y es que palabras bonitas y frases de pésame y demás condolencias cualquiera puede llegar a expresar, pero que realmente sienta lo que dice; es ahí donde está el detalle.

Realmente me caló la noticia de mi amigo Éric Guzmán Chan, hombre común y corriente, entrón, sin pelos en la lengua y muchas veces hasta “cae mal” pero cuando se trataba de ayudar lo hacía sin distingo y con un poquito más: pasión, si esa es la palabra, lo que muchos jamás podrán entender o asimilar.

Este chico me tocó conocerlo como mesero, como vende hamacas, y como colaborador de mi medio impreso que se llamaba “Inter-Diario Voces de la Selva” trabajó conmigo como editor, como reportero y después se independizó con todas las ganas del mundo, sacando a la luz del ciberespacio su: “Noticiero Palencano” noticiero que siempre lo mantuvo al margen de sus compromisos y proyectos propios.

Se que cometió muchos yerros, se que no era monedita de oro y que tenía acentuada sus debilidades, pero aún así “No asimilo su partida” pues dejo en horfandad a dos bellas princesas (sus doncellas, así les decía él). Su ausencia por dos días y después por la eternidad, si que sigue sorprendiendo y en gran manera.

Solo el sabe los motivos y lo demás son solo especulaciones. Lo que si se es que no le sacaba a nada, y que jamás se rajó para trabajar o para los negocios. No permitía dejar sin comer a su familia y siempre dijo estar bendecido con ese núcleo social donde convergieron el, su esposa y sus dos bellas doncellas.

Poco después de la trágica notícia de su partida me enteré que al parecer ya tenía otro romance y que no se mantenia en su casa y su familia, Pero eso es otra historia que no me tocó vivir y no puedo abordar ningun tema sobre ello.

Lo único que sé es que quedó un café pendiente, que faltaron cruzar más palabras y que lo mucho o poco que conviví con el ¡Fue en vida! Y lo que pasó con este triste final ya no me corresponde juzgar o hablar al respecto, simplemente te adelantaste amigo y este anecdotario triste es porque en estas fechas íbamos a tomarnos un café y platicar sobre tus nuevos proyectos, proyectos que no se cumplirán y quedaron cortados de tajo.

Hasta donde estés amigo “Un fraterno abrazo” y si hay chance de tomar café allá por donde estás, cuando te alcance nos lo tomamos y seguiremos con nuestra próxima plática ¡Hasta siempre mi buen cuquita!

NUTRICIóN, ALIMENTACIÓN Y DERECHOS HUMANOS, UNA VISIÓN CIUDADANA.

 Por El Dr. Marco Antonio Tinoco Álvarez

La Constitución Mexicana, en su artículo 4º garantiza el derecho a la alimentación, como parte necesaria de una nutrición adecuada, balanceada y de calidad para mejorar la vida de las personas, al disponer:

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

No es mandato menor lo prescrito en la Carta Fundamental, implica un estudio de las regiones, sus culturas, los alimentos que existen y los que no en cada región, y, en un momento dado, los canales de distribución y, algo aún de mayor importancia, el que no existan intermediarios que encarezcan los productos o satisfactores.

La Corte Interamericana (Caso Lahka Honat “Nuestra Tierra” contra Argentina), resolvió que la alimentación no solo debe ser de calidad, sino que debe ser culturalmente aceptada, esto es, va mas allá de lo que el cuerpo humano requiere, sino que también la alimentación se relaciona con un imaginario colectivo, existe, entonces, un encadenamiento psico-social.

Además, se ha documentado en el mundo y en México, falta de alimentos, se dice que no existen los suficientes alimentos para poder nutrir a la población mundial y a la de México, pero, por otra parte, también los datos muestran los millones de toneladas de alimentos perecederos que se tienen que tirar, y, en este caso, hay quienes sostienen que no hay falta de satisfactores alimentarios, sino que lo que no hay es una debida distribución de ellos, que los canales de reparto no llegan a donde se ocupan.

También, se desechan alimentos no por calidad sino por condición, porque no se muestran en su esplendor ante la vista.

Las políticas de los Estados del mundo, y, particularmente, de México, deben concebir canales de distribución agroalimentaria y pecuaria desde lo urbano y hasta lo rural, proteger a los productores –cualquiera que sea su vocación productiva, para garantizar la cultura alimentaria-, abatir la carestía, pero, sobre todo, evitar que se desperdicien alimentos o que se desechen por motivos no de calidad, sino de condición.

Estos retos, desde la perspectiva de los derechos humanos, son inaplazables, pues nuestro País carece desde hace décadas de una política alimentaria y nutricional, que se encuentra en nuestra agenda política suprema: La Constitución, lo que, desde luego, debe transformarse en un programa de gobierno y en acciones específicas.