CURSO DE DERECHO DEL TRABAJO
EL DERECHO DEL TRABAJO, MÉDULA DE LA JUSTICIA
La parte más importante del Derecho es la Ley, solo que ésta, no es todo el Derecho; pero, en su justa apreciación, cuando menos, debe de radicar el verdadero “Estado de Derecho”, ya que en un estado de derecho la tendencia en los ordenamientos jurídicos y la interpretación jurídica a punta a lograr la mayor libertad posible en el ejercicio de los derechos fundamentales de los gobernados, de manera que el juez debe resolver mediante la aplicación de la norma que mejor proteja la libertad, o que la haga posible en la mayor medida ( ’81) y, si los anhelos, de sus creadores, aún no han dado paso a las ideas, los deseos y aspiraciones de justicia social y prosperidad de los mexicanos, a través de ella, habrá que cambiarla. Por lo que, si todavía no se ha encontrado un orden jurídico o secuencia que haga posible, esos anhelos, en real beneficio de todas las personas, en especial de los hombres que trabajan, el Derecho del Trabajo, planteado así, puede ser ese.
Por otra parte, hay que tener presente que, a su conocimiento teórico, debemos agregar la actividad ´práctica, el análisis a los casos concretos (teoría y praxis); contribuyendo así, al mejoramiento individual y social, con el apoyo de lo jurídico, en todos sus niveles. El nuevo derecho del trabajo, sustantivo y adjetivo, por ser la norma que se propone realizar ese tipo de JUSTICIA SOCIAL, en el equilibrio de las relaciones entre el trabajo y el capital, dentro de una auténtica democracia social, ya que, a decir de Kautski, democracia no significa supresión de las clases sociales, ni del dominio de una por otra sino de equilibrio entre ambas.
Lo que tenemos, aún, no es lo deseable; y, puede ser más lo alcanzable; pero esto, sólo lo podemos obtener mediante un justo equilibrio, entre los diversos sectores sociales, cómo un México viable como Estado fuerte y democrático, ajustando nuestros actos de función de la colectividad, con sentido de colaboración y de justicia social, conducidos siempre por nomas jurídicas, que erradiquen las prácticas en donde uno tenga que vivir, bajo las condiciones de otros, como se ha venido haciendo, gracias a las leyes como a las que conforman a la legislación laboral. A través del derecho laboral, se persiguen dos objetivos torales: UNO, desde el punto de vista individual, para atemperar la explotación del hombre por el hombre y asegurar a los trabajadores una existencia decorosa que les permita elevarse sobre la vida puramente animal y compartir los beneficios de la civilización y la cultura; es el conjunto de principios normas, e instituciones que contienen las condiciones generales para la prestación del trabajo asalariado cuya finalidad inmediata radica en el aseguramiento de la salud y la vida del trabajador individualmente, durante el desarrollo de su actividad y la obtención de un nivel de vida decoroso para él y su familia; la defensa de sus derechos la hace por su propio derecho frente al patrón y/o ante el Estado, con el apoyo de los artículos del uno al 353-U, de la propia Ley Laboral.
El otro, es colectivo, en cuanto estatuto de la clase trabajadora que la faculta legalmente pata organizarse en sindicatos y para intervenir en el estudio de los problemas laborales, en la creación de nuevas normas de trabajo y en la conquista de las mejores condiciones de prestación de (81) afirmación hecha por lo C.C. Magistrados del Tribunal Federal Electoral, en el caso de Hank Ron. Julio/07 El derecho colectivo del trabajo, es por tanto, derecho de cada uno, y a la vez, de los grupos sindicales; doble planteamiento deducido de la convicción de que la libertad es, ante todo, un valor personal, que es preciso salvaguardar. Y, si el derecho colectivo del trabajo es también, por una parte, la fuente principal de los derechos de cada trabajador en la relación individual de trabajo, por otra es un derecho de los grupos sindicales; porque, representa al interés de la clase trabajadora en la superación de las condiciones de vida y trabajo a favor de todos los seres Lamentablemente, al respecto, a veces, tenemos que escuchar o leemos, expresiones como la siguiente: “los sindicatos mexicanos no han servido para dar un mejor nivel de vida a los trabajadores, sino para enriquecer a sus líderes.” (Claro, hay excepciones). Y lo han hecho excluyendo a millones de mexicanos de la posibilidad de tener un empleo de buena calidad. “Los sindicatos mexicanos no son realmente organizaciones de trabajadores: son monopolios legales que controlan el acceso a determinados empleos. Al contrario de lo que ocurre en otros países en que la incorporación de un trabajador a un sindicato es una decisión libre y personal, en México, el que no es miembro de un sindicato simplemente no tiene posibilidad de trabajar en determinas industrias o empresas. ¿Quiere usted laborar en PEMEX? ¿En la compañía de luz y fuerza del centro en TELMEX? La empresa no puede contratarlo aunque sea pública y usted tenga mejor
capacidad para ocupar el puesto que desea a menos de que busque uno de los pocos cargos de confianza. El sindicato decide quién puede o no ser contratado en la mayoría de la posiciones.
Nadie que no sea miembro del sindicato (o familiar del líder) tiene derecho a un puesto en una empresa sindicalizada. Un empleo en una paraestatal cuesta. El lucro mayor viene de las cuotas de los trabajadores, convirtiendo en millonarios a los líderes. Son ricos, lo cual no ha ayudado a que los trabajadores tengan un mejor nivel de vida. Lo mejor sería que rindieran cuentas, abiertamente. Como el monopolio permite, precisamente, que estas empresas tengan mejores sueldos y prestaciones que el promedio la demanda por sus puestos rebasa con mucho la oferta, esto permite a los líderes vender las plazas cosa que hacen con frecuencia a buenos precios, ya sea por dinero o por favores sexuales (82).
Sin embargo, la libertad sindical, afirmaba el Maestro de la Cueva, “Es la conquista más bella del movimiento obrero del siglo XIX. Ahí se marcaron las dos finalidades esenciales, inmediata y mediata, que le hemos atribuido al derecho colectivo del trabajo”.
En lo sucesivo, “la regulación de las condiciones de trabajo ya no se llevarían al cabo en forma unilateral por el empresario sino que sería el resultado de un convenio, contrato colectivo, celebrado por la comunidad obrera y el capital”; y con ello, el firme propósito para el futuro: “una sociedad nueva, una democracia social en la que el hombre dejaría de ser objeto de explotación por el capital y en la que la justicia social extendiera su manto sobre todos los hombres…” La unión de los hombres y sus asociaciones más o menos efímeras o permanentes, sería y la forma mejor de defensa de sus intereses comunes. Una sociedad nueva, una democracia social, en la que el hombre dejara de ser objeto de explotación en la que la justicia social extendiera su manto sobre todos los hombres” (83).
En incuestionable que, la libertada, es un atributo de la persona humana y, aún cuando ésta es anterior al sindicato y constituye un fin supremo ya que, por motivos naturales o jurídicos. Es parte de dicha persona humano; sirve para dar sustento a la libertad sindical (fracc. XVI artículo 123) puesto que esto último, es, un derecho de cada trabajador; pero los sindicatos, una vez constituidos, adquieren una experiencia y una realidad propia, que dan origen a nuevos derechos. En los términos de los artículos 4, 5, 11, 25, 28, 123, 131, y demás de la Constitución, se determina, que es Estado deberá estimular el empleo, el crecimiento económico y la producción social y doméstica de alimento, alojamiento y vestido, entre otras cosas, y se eviten acciones que derroten esos propósitos pero esto, solamente se puede lograr mediante un progresivo desarrollo armónico de respeto mutuo y equitativo; y ello sólo se puede lograr con base en un derecho realmente justo como lo es el Derecho del Trabajo; desnaturalizado, a veces en los tribunales. Pero, a través del Derecho Laboral, actual, y del que cada día se vaya creando, se llegarán a defender los intereses del pueblo y el patrimonio de la Nación; con el consecuente derecho a la felicidad; llevando a cabo todas las acciones necesarias para impulsar un estado de bienestar y, escuchando la voz de los trabajadores, acabar con la situación patrimonialista en manos de una minoría; contribuir a la formación de un país de lo mejor posible; luchar, en fin, por sus beneficios, tanto a quienes viven y laboran en la ciudad como en el campo. Solo así, sustentados en normas laborales, de contenido justo y equitativo, los mexicanos podremos corregir de manera democrática y ordenada la terrible brecha distributiva en que vivimos, la propensión a la violencia (ya desatada por grupos irracionales de uno y otro lado) y la tentación de acciones “expropiatorias”, que se vienen acrecentando en el ánimo de muchos. Este será el “tiempo de superar los atrasos acumulado por décadas y siglos, como la pobreza extrema y la desigualdad” ya que “la pobreza es el más grave problema y el principal obstáculo.
Mtro. Amando Chávez Chávez