Entrevista  al Dr. José Herrera Peña

JB. ¿Desde su óptica como calificaría la relación Iglesia – Estado en la historia del país?

JHP. Ha sido una historia muy accidentada.

A partir de 1821, el Estado Mexicano se consideró heredero de las prerrogativas de la Corona española, entre ellas, la supremacía del rey sobre la iglesia [católica], ya que era aquél [el rey], no ésta [la iglesia], quien nombraba obispos y arzobispos en todos sus dominios.

En cambio, la jerarquía eclesiástica mexicana consideró que al no haberse firmado ningún Concordato entre el papa y el estado mexicano, éste no podía reclamar el derecho del Patronato (como se le llamaba) y estaba obligado a mantener el ‘statu quo’, que implicaba la protección de los derechos que aquélla había adquirido en México durante tres siglos.

Este asunto se resolvió en 1859-60 mediante las Leyes de Reforma expedidas por el Gobierno de Benito Juárez, entre ellas, la nacionalización de los bienes eclesiásticos, la separación de la iglesia y el estado, y la libertad de cultos.

En 1917, la Constitución estableció la supremacía del estado sobre la iglesia y desconoció la personalidad jurídica de las asociaciones religiosas denominadas iglesias así como los derechos políticos de los ministros de los cultos.

En 1926 la jerarquía declaró una huelga religiosa, ordenó cerrar las puertas de todos los templos del país y apoyó la revolución armada de los cristeros, que desconoció los artículos 3, 27, 123 y 130 de la Constitución.

En 1929 la política eclesiástica cambió y reconoció la Constitución así como el gobierno de la República y reabrió las puertas de los templos.

Esta situación se mantuvo hasta 1992, en que fue reformada la Constitución para restablecer la separación del estado y las asociaciones religiosas denominadas iglesias y otorgar derechos políticos a los ministros de los cultos, situación que prevalece hasta hoy.

Hay un libro en el que describo a detalle este proceso, libro que fue coordinado por mi desaparecido amigo José Luis Lamadrid Sauza, “La larga marcha a la modernidad en materia religiosa”, FCE, 1994.

JB. ¿Considera todavía hay diferencias entre las partes?

JHP. Como en toda relación, hay y habrá diferencias entre las partes; pero no hay duda que son más las coincidencias que existen entre ellas, en el amplio marco establecido por la Constitución desde hace aproximadamente un cuarto de siglo.

JB. ¿ Que consecuencias hay de dicho conflicto tanto positivas como negativas para la vida del país?

JHP. No veo ningún conflicto entre ninguna asociación religiosa y el estado mexicano. Al contrario, son evidentes las estrechas relaciones de colaboración entre todas ellas y la federación.

JB. ¿La iglesia ha entendido que papel tiene que jugar en la actual realidad del país frente a un estado que busca ser laico?

JHP. Un estado laico no es un estado enfrentado a alguna asociación religiosa, sea la que fuere, sino el que está al margen y por encima de todas ellas, sin preferencia ni exclusivismo de ninguna clase, en los términos de los artículos 24, 40 y 130 de la Constitución.

Los mexicanos tienen el derecho y la libertad de profesar las creencias religiosas que más les agraden, y el estado mexicano, la obligación de garantizar que disfruten y ejerzan este derecho, en el marco de la ley y sin lesionar derechos de terceros.

Luego entonces, el estado no busca ser laico, sino lo es. La prueba es que el jefe de la iglesia católica no impuso su presencia en México, sino aceptó la invitación del gobierno para visitar el país y estrechar las relaciones con sus fieles.

JB. ¿Fue errónea la actitud del Estado al enfrentar a la iglesia en los periodos de la Reforma y al triunfo de la Revolución Mexicana?

JHP. El estado nunca se enfrentó a ninguna iglesia, ni en la Reforma, ni en la Revolución, ni antes ni después de estas etapas.

Al contrario. La iglesia defendió sus privilegios y propiedades, y el estado los reconoció desde el Plan de Iguala de 1821 y el Imperio Mexicano de 1822, hasta la República Federal [de 1824], restablecida y reformada en 1847.

Todos los ordenamientos constitucionales que se expidieron en esa época reconocieron no sólo la propiedad privada sino también la de “las corporaciones civiles y eclesiásticas”.

En 1856 se expidió la ‘Ley de desamortización’ para hacer circular las propiedades de estas corporaciones, diseñada para que todos ganaran: a) las corporaciones eclesiásticas, al recibir el precio de sus inmuebles, b) los particulares, al adquirirlos, y c) el estado, al cobrar el impuesto de compraventa.

En estas condiciones, la Constitución Política de 1857 dejó de proteger la propiedad de las corporaciones y se limitó a proteger la propiedad privada. La jerarquía, por su parte, desconoció la ley fundamental y las instituciones establecidas conforme a sus mandatos. Se desató una encarnizada guerra civil que duró tres años, al cabo de los cuales se expidieron las Leyes de Reforma, ya citadas.

Por otra parte, en 1913 el general Victoriano Huerta ordenó el asesinato del presidente Francisco I. Madero y del vicepresidente José María Pino Suárez, usurpó el poder ejecutivo de la Unión, y disolvió las cámaras del congreso general, no sin antes arrancarle la lengua [y asesinar] al senador Belisario Domínguez, y meter a varios legisladores a la cárcel. La ley fundamental quedó muy lastimada, y al dejar de existir los poderes legítimos, dejó de surtir sus efectos. México fue un país sin ley. La jerarquía apoyó la dictadura militar de Huerta.

El Plan de Guadalupe ofreció restablecer el orden constitucional, lo que no logró sino después de una larga y encarnizada guerra civil. Por eso, al reunirse el Constituyente, aprobó en 1917, entre otras cosas, la supremacía del Estado sobre las asociaciones religiosas denominadas iglesias.

Por último, en 1926 no fue el estado el que se enfrentó a la iglesia. Al contrario, fueron las asociaciones del culto católico las que apoyaron el movimiento armado de los cristeros, que durante tres años se enfrentó al estado.

Por consiguiente, la actitud del estado no fue errónea, porque defender las instituciones establecidas por el pueblo, a través de sus representantes, no es un error, sino una obligación.

JB. ¿La iglesia ha sido necesaria para la gobernabilidad en el país y que tan positivo es que se desempeñe como actor político en el país?

JHP. Los únicos actores políticos del país son los ciudadanos y los partidos políticos, no las asociaciones religiosas denominadas iglesias; pero éstas y sus miembros tienen el derecho de opinar sobre asuntos políticos en los términos que señala la ley.

Tampoco son actores políticos los empresarios, ni los sindicatos, ni otras agrupaciones sociales, ni los individuos que no son ciudadanos. La ciencia política los llama grupos de presión o creadores de opinión y todos tienen derecho (por supuesto) a opinar sobre asuntos políticos, pero no a desempeñar el papel de actores en esta materia.

[Actores políticos, insisto, sólo los ciudadanos y los partidos]

En otro orden de ideas, gobernabilidad es que los ciudadanos actúen conforme a la ley, siendo libres de hacer todo lo que ésta no les prohíbe, y al mismo tiempo, que las autoridades cumplan y hagan cumplir la ley, estando prohibido que hagan lo que ésta no les ordene expresamente.

Luego entonces, tanto las asociaciones religiosas cuanto las civiles y las políticas son necesarias para la gobernabilidad del país, y ésta es posible sólo si las mismas se mantienen dentro del orden legal.

Por el contrario, cualquiera de ellas puede afectar dicha gobernabilidad, si actúa al margen o en contra de lo dispuesto por la ley.

¿Es positivo que las asociaciones [religiosas] desempeñen un papel político? No, no es positivo, absolutamente no, y no lo es, porque su papel no es político, sino religioso, del mismo modo que no es positivo que las asociaciones civiles desempeñen actos religiosos, porque no es su papel. Como dicen unos: “zapatero a tus zapatos”, y otros: “dad al César lo que es del César…”

JB. ¿Cómo considera que ha sido el papel de la iglesia en particular en Michoacán en relación con el Estado y el poder?

JHP. Hasta donde yo sé, el papel de las asociaciones religiosas del culto católico en Michoacán ha sido excelente, como lo ha sido también el desempeñado por las asociaciones religiosas de otros cultos.

JB. ¿Enfrenta nuevo retos la relación iglesia estado frente al cambio de la realidad política y social?

JHP. Al hablarse de “la relación iglesia-estado” se está empleando el  lenguaje del siglo XIX para reflejar una realidad del siglo XXI que ya no tiene nada que ver con aquélla.

Hoy existen múltiples asociaciones religiosas que pertenecen a varios cultos, aunque el católico sea mayoritario, y las relaciones entre dichas asociaciones, sea cual fuere el culto al que pertenecen, y las autoridades, son respetuosas y cordiales.

¿Esta relación enfrenta nuevos retos? Bueno, la realidad política y social siempre está llena de retos. El estado suele modificar su configuración para adaptarse a los cambios y gobernarlos. Las asociaciones religiosas, por su parte, suelen adaptarse a ellos para mantener sus áreas de influencia o acrecentarlas.

Pero la relación entre las autoridades y las asociaciones religiosas ¿debe cambiar? No veo por qué, ni para qué. Creo que lo procedente es que dicha relación se mantenga en el plano de respeto y cordialidad que ha guardado desde hace varias décadas hasta la fecha, siempre en el marco de la ley.