El Hotel Virrey de Mendoza, lugar icónico, parada obligada de turistas nacionales y extranjeros, lugar de esparcimiento de Morelianos, de rancia raigambre, hoy se convirtió en un centro de explotación laboral, existe un sindicato servil a los intereses patronales, perteneciente a la C.T.M., “Sindicato de Trabajadores de la Industria Turística en Alimentos Preparados, de Industria y Servicios, Tiendas de Autoservicio, Artículos Regionales y Artesanales, Similares y Conexos del Estado de Michoacán”, el Secretario General del sindicato que representa a 41 empleados, de un total de 63 que hay en el hotel, se llama Javier Reyes Tinajero y según al decir de algunos: “era un pobre gato que trabajó aquí en mantenimiento hace unos años”, “el papá que era líder sindical se murió y le heredó el puesto al inútil bueno para nada”. Pero Juzgue Usted mismo…
Gracias al poco apoyo que el sindicato les brinda a sus trabajadores les quitaron la comida, prima dominical, nunca les han pagado horas extras, a las camaristas les quitaron los sobres de las propinas que se ponían en las habitaciones.
También como dato importante en la última junta sindical desarrollada en el propio hotel, asentado en el Corazón de la Ciudad de Morelia, el Sr. Javier Reyes Tinajero, seudo líder sindical, les dijo que los jefes le habían ofrecido dinero por quitarles todo y que no aceptó y por eso estaba “dándoles la cara”, pero lo cierto es que ya no tienen nada. Así que dicho líder sólo se curó en salud.
Se supo que en diciembre del año pasado, les dieron unas canastas navideñas que daban vergüenza, y solo a los sindicalizados, a los demás se las ningunearon, por todo el trabajo realizado durante un año y producirles dinero.
Hay personal que no les pagan las horas de la mañana, porque dicen siempre estar en números rojos los muy sinvergüenzas y se cuelgan de las propinas. Muchos no tienen prestaciones. Lo que les salva es la propina, pero ni un plato de comida les dan de prestación. Muchos trabajadores han sido despedidos injustamente o han tenido que renunciar debido a las injusticias. Es necesario que se entere la opinión pública.
Los representantes patronales, con apoyo del líder sindical, venden los eventos o paquetes con propinas incluidas y tales propinas nunca llegan a las manos de los empleados se las quedan ellos, dígase la administración y compañía.
Los viajes que otros hoteles otorgan de intercambio jamás se los dan a los empleados, solo ellos (líder sindical y patrones) saben que hacen con dichos regalos.
No queremos dejar de informar un dato curioso: hay un personaje en el hotel que contrataron desde el mes de octubre pasado, a dizque remodelar el hotel, este sujeto responde al nombre de Luis Corres y es un arquitecto fracasado, que tienen ahí de soplón, cuidando sus intereses y ya se siente dueño del Virrey, sin que se den cuenta los patrones del empoderamiento que ellos mismos le han dispensado, tan dueño se siente que se siente con el derecho de gritarles a los empleados, humillándoles; por ello ya se han ido muchos buenos elementos por su culpa, se jacta de decirle a todo el mundo que el Mero Mero, en el hotel. Trascendió que por “sus buenos oficios”, de mobbing laboral, le pagan $50,000.00 pesos mensuales.
La disciplina jurídica ofrece su definición del acoso laboral a través de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como: “la acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta”, en su material Promover la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo: Una cuestión de principios. La Ley Federal del Trabajo, en el artículo 3 Bis, se refiere al hostigamiento y agrega otros elementos: a. Que el tipo de hostigamiento es vertical descendente en el ámbito laboral y b. Que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.
Los componentes a evidenciar en caso de iniciar una acción jurídica por acoso laboral se establecen en la Tesis 1a. CCLI/2014 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México y son los siguientes: El objetivo de intimidar, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente (o moralmente) al demandante, con miras a excluirlo de la organización o satisfacer la necesidad, por parte del hostigador, de agredir, controlar y destruir. Es necesario mencionar, que se ha llegado a denominar acoso moral al acoso laboral, cuando se trata de otra vertiente de afectación y daño en la esfera ético moral de cada persona, diferenciable del psicológico que viola el derecho a la salud.
El acoso moral incluye un trato objetivamente humillante, que afecta la integridad moral y que causa un perjuicio moral. Además, también se presenta el acoso por razón de sexo en donde “el elemento determinante es que la conducta acosadora se realice en función del sexo de la víctima”, conforme a la jurisprudencia española, citada por María Teresa Velasco Portero, dir., Mobbing, acoso laboral y acoso por razón de sexo: guía para la empresa y las personas trabajadoras. Madrid, Tecnos, 2010.
Que esa agresividad o el hostigamiento laboral ocurra, bien entre compañeros del ambiente del trabajo, o por parte de sus superiores jerárquicos. Que esas conductas se hayan presentado sistemáticamente, es decir, a partir de una serie de actos o comportamientos hostiles, pues un acto aislado no puede constituir acoso.
Laborissmo seguirá informando…