ADOLESCENCIAS EN EL OLVIDO: UN PENDIENTE DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ADVERSARIAL (Sipinna).

En diciembre 12 de 2005 se reformó la Constitución Federal –artículo 18- a efecto de establecer un sistema especial de justicia penal para adolescentes, esto era, y, es, una obligación derivada de la Convención sobre los Derechos del Niño y de opiniones de expertos y Comités.

La razón es sencilla, las infancias y adolescencias se encuentran en formación de cosmovisión y criterios, y, para ello, el Estado en todos sus órdenes debe proporcionarles los elementos para que se desarrollen plenamente –interés superior del menor-.

Uno de esos elementos es evitar el adultocentrismo, que implica que las personas jóvenes, adultas o mayores, opinen o decidan por las infancias o adolescencias, pues lo que se busca es que puedan formarse una opinión, y, por tanto, emitirla para que sea tomada en cuenta tanto en su persona como en sus bienes. Esto ha dado nacimiento a los concejos de infancias o adolescencias para la toma de decisiones y generación de políticas públicas en torno a ello.

Uno de los temas que debe valorarse es que las personas menores de 12 años, las infancias, no son sujetas de ser imputados en materia penal. Lo que sí es posible con quienes tengan más de 12 y menos de 18 años de edad –Ley Nacional del Sistema de Justicia Integral para Adolescentes, de 16 de junio de 2016-, en su caso, practicadas las pruebas diagnósticas que reflejen que pueden comprender el hecho y sus consecuencias -como conducta modalizada de quien comete la conducta antisocial-.

El sistema de justicia penal de adolescentes aún no se encuentra completo -tiene un procedimiento de corte acusatorio-; su camino de construcción ha sido tortuoso, pareciera que las estructuras de investigación y judicialización se niegan a hacer una realidad la reforma Constitucional de 2005.

Los Estados iniciaron con jueces y tribunales de apelación, en la mayoría de los casos con una incipiente preparación. Así continúan, siendo órganos de investigación y tribunales a los que se les presta poca atención, incluso, ocupando inmuebles lejanos a otros tribunales, pareciera que es una constante que estén en espacios escondidos. El sistema de cumplimiento de las sentencias condenatorias, no es la excepción.

El Poder Judicial Federal no cuenta con jueces especializados en materia penal de adolescentes, a la fecha.

La prevención de la conducta antisocial, en esta área, es solo un sueño.

Intentar cumplimentar una sentencia en materia penal en la justicia de adolescentes es un verdadero vía crucis, por esta falta de recursos humanos o financieros.

La reinserción -en el sistema de adolescentes es educador- que manda la Constitución es letra muerta, no hay instituciones educativas que les reciban, tampoco psicólogos disponibles en la periodicidad que les ocupan, no es posible asignarles tareas deportivas, lúdicas o de apoyo pues no hay quien conduzca o les facilite, no hay hogares de acogida que les apoyen, ni instituciones robustas que les reciban para transitar ese periodo de aprendizajes y reconstrucción en su proyecto de vida.

Otro de los elementos a observar es que la reforma constitucional es de 2005, la Ley Nacional de 2016, expedida 11 años después de la reforma, lo que denota la falta de interés en que el sistema funcione. A ello, se suma una casi nula disponibilidad de recursos financieros y humanos para que pueda ser implementado a plenitud y surta los efectos que mandata el estándar internacional y nacional.

Hablar hoy de infancias y adolescencias y su sistema penal integral, no es cosa menor, ya que en una buena parte del territorio nacional grupos de civiles que practican actividades ilícitas, se aprovechan de las infancias y adolescencias para ejecutar sus acciones, por lo que es de primordial atención prestar especial cuidado al sistema penal de adolescentes.

El sistema Integral de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) es para dar coherencia a todos los esfuerzos en la composición de sistemas relativos a infancias y adolescencias, entre ellos, el penal. Hay que voltear a revisar la necesidad de proporcionarle recursos humanos –perfiles idóneos- y financieros para que proponga políticas públicas y tenga coherencia en la Federación, Estados y Municipios para formar estructuras sólidas en esta área tan sentida y poco visibilizada socialmente.

Por el Dr. Marco Antonio Tinoco Álvarez

En materia de infancias y adolescencias aún queda mucho trecho por recorrer en México, en donde la materia criminológica es solo un pequeño reflejo.