Nuestro bello país y su reinserción de fantasía.
Por: José Antonio Sánchez
México tiene una palabra que suena muy bien en los discursos oficiales: “reinserción”.
Empecemos por decir que la Constitución establece que el sistema penitenciario debe apoyarse en el trabajo, la capacitación, la educación, la salud y el deporte para lograr que una persona sentenciada pueda regresar a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir. No es una ocurrencia administrativa; es una obligación constitucional ¿Y en todos los penales de México se cumplen?
El problema comienza cuando confundimos tener un modelo de reinserción con conseguir una reinserción real. El propio INEGI mide como ejes de reinserción la educación, el trabajo y la capacitación, la salud y el deporte. También contempla algo todavía más importante: los servicios postpenales destinados a facilitar una vida digna y prevenir la reincidencia.
Y aquí aparece la pregunta que incomoda: ¿Qué garantías reales tiene la sociedad de que una persona que recupera su libertad está efectivamente preparada para regresar a ella sin delinquir nuevamente? Si alguien tiene la respuesta me gustaría que la exponga.
Porque un curso, un taller, una actividad deportiva o incluso un empleo dentro de un penal pueden ser instrumentos útiles, pero no constituyen por sí mismos una reinserción exitosa, ya que la reinserción se demuestra afuera; si, cuando ya no se debe estar bajo ninguna observación policíal.
Se demuestra cuando quien recupera su libertad puede conseguir un trabajo digno, reconstruir sus vínculos familiares, acceder a servicios básicos, abandonar conductas delictivas y encontrar condiciones para vivir dentro de la legalidad. Se demuestra cuando el Estado puede decir, con datos y no con discursos, cuántas personas egresadas lograron integrarse nuevamente a la sociedad y cuántas terminaron regresando a prisión.
De lo contrario, podemos terminar celebrando estadísticas de actividades realizadas dentro de las cárceles mientras ignoramos la pregunta fundamental: ¿qué ocurrió con esas personas cuando volvieron a la calle? Y ahí está la paradoja.
El Estado tiene perfectamente identificados los elementos que supuestamente deben producir la reinserción. INEGI incluso registra planes de actividades, capacitación laboral, certificaciones, terapias conductuales, educación, atención médica y actividades deportivas.
Pero una cosa es contabilizar actividades y otra muy distinta es demostrar resultados ¿Vamos entendiendonos bien verdad?
Porque si una persona pasa años encerrada y sale sin empleo, sin redes familiares sólidas, con el estigma de haber estado en prisión y sin un acompañamiento efectivo para reconstruir su vida, ¿realmente podemos hablar de reinserción? Les leo.
¿O simplemente estamos hablando de una salida de prisión?
La diferencia no es menor. Una cárcel puede mantener encerrada a una persona durante el tiempo establecido por una sentencia. Esa es su función punitiva. Pero la obligación de reinserción implica algo mucho más complejo: prepararla para vivir nuevamente en libertad.
Y si el sistema penitenciario presume que está reintegrando personas a la sociedad, entonces también debería estar dispuesto a responder preguntas incómodas como estás que pongo enlistadas:
¿Cuántos salen con empleo?
¿Cuántos reciben seguimiento postpenal?
¿Cuántos logran reconstruir su vida familiar?
¿Cuántos reinciden?
¿Cuántos regresan a prisión?
¿Cuántos programas realmente modifican conductas y cuántos solamente llenan informes?
Porque una política pública no debería medirse por la cantidad de talleres impartidos, certificados entregados o actividades registradas, sino por los resultados que produce en la vida real. La propia información oficial reconoce que los servicios postpenales existen precisamente para facilitar la reinserción, procurar una vida digna y evitar la reincidencia.
Entonces quizá ha llegado el momento de dejar de hablar de una reinserción de fantasía. Porque la reinserción no ocurre dentro de cuatro paredes. Se pone a prueba cuando esas paredes dejan de existir, porque mientras una persona está privada de su libertad, el Estado puede controlar buena parte de su entorno. Pero cuando recupera la libertad comienza el verdadero examen.
Y ese examen no lo presenta el funcionario que presume el modelo penitenciario: Lo presenta la realidad.
Si vuelve a delinquir, si vuelve a prisión, si no consigue trabajo, si no puede reconstruir su vida o si el Estado simplemente se desentiende de ella al cruzar la puerta de salida, entonces tendremos que preguntarnos si realmente hubo reinserción o solamente cumplimiento administrativo de una obligación constitucional. La sociedad no necesita discursos sobre reinserción.
Necesita resultados que le permitan confiar en que quien sale de prisión está mejor preparado para vivir en libertad que cuando ingresó. Todo lo demás corre el riesgo de ser solamente eso: una reinserción de fantasía.
Pd. “La reinserción no ocurre dentro de cuatro paredes. Se pone a prueba cuando esas paredes dejan de existir.”












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