La Licenciada Catalina Ramírez Juárez, sigue haciendo de las suyas como Secretaria de Acuerdos del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado, acostumbrada a “mañas” aprendidas por anteriores administraciones, pues abusando de la confianza que le ha otorgado el Presidente de dicho Tribunal Colegiado, Licenciado Luis Fernado Rodríguez Vera, quien la privilegió al permitirle ser parte de su equipo de trabajo, utiliza sus funciones para complacer a instituciones con prebendas desconocidas, como es el caso del H. Ayuntamiento de Morelia, pues de otra manera no hay razón alguna para dictar acuerdos tan ilegales como el que el día 29 de Septiembre, dictó dentro del expediente 426/16, que sigue el trabajador Mario Carrillo Silva; pues de ir en rebeldía de la demandada, al no haber contestado la demanda en tiempo y forma, lo mando “aclarar” para aceptarles contestación de demanda, dizque porque se había equivocado la demandada al incoar en otro expediente del año 2015, revocando varios acuerdos, entre otros admisión y desahogos de pruebas de la actora. Violentando sobre manera el procedimiento y ninguneándolo. Precisamente el numeral 686 de la Ley Federal del Trabajo que dice en lo que importa: “Las Juntas ordenarán que se corrija cualquier irregularidad u omisión que notaren en la sustanciación del proceso, para el efecto de regularizar el procedimiento, sin que ello implique que puedan revocar sus propias resoluciones, según lo dispone el artículo 848 de la presente Ley.”

Basta su simple lectura para que se detecte. Es lamentable esas viciosas prácticas. Pues si de por si el asunto inició el 9 de mayo del 2016, va más de un año y apenas va en etapa de pruebas y ahora con esto vuelve a señalar otra audiencia de pruebas para mediados del mes de enero del 2018. Y eso que la Constitución Federal mandata que la justicia debe ser pronta y expedita.

Esto es notorio pues si ponemos a la vista el diverso expediente 1441/15, en el que el actuario se equivocó al notificar acuerdo de pruebas, no lo regularizaron y ha seguido sus etapas procesales; lo que prueba lo antes expresado. Claro no es alguna institución a la que la abogada Ramírez Juárez deba cuidar, sino un simple trabajador cualquiera, a la que ella desprecia con su actuar. Y sabemos que no es un caso aislado, pues casos como este hay tantos, como hongos en día de lluvia.

Laborissmo seguirá informando…