TEMAS SOBREMESA LABORISSMO
Por: Mtro. Arturo Ismael Ibarra Dávalos
26 octubre 2024

LA PIRÁMIDE DE KELSEN

La pirámide kelseniana representa gráficamente la idea de sistema jurídico escalonado. De acuerdo con Kelsen, el sistema no es otra cosa que la forma en que se relacionan un conjunto de normas jurídicas y la principal forma de relacionarse éstas, dentro de un sistema, es sobre la base del principio de JERARQUÍA NORMATIVA.

La pirámide de Kelsen es un método jurídico estricto, mediante el cual quiere eliminar toda influencia psicológica, sociológica y teológica en la construcción jurídica, y acotar la misión de la ciencia del derecho al estudio exclusivo de las formas normativas posibles y a las conexiones esenciales entre las mismas. La jerarquía normativa o pirámide kelsiana, es categorizar las diferentes clases de normas ubicándolas en una forma fácil de distinguir cual predomina sobre las demás, ej. Constitución, ley, decreto, ordenanza etc.

Incluso en términos del derecho comparado, se puede señalar que esta Jerarquía Normativa se respeta en varios países de Latinoamérica, sino en todos. Cuanto más nos acercamos a la base de la pirámide, el escalón es más ancho, es decir, hay un mayor número de normas jurídicas. Así, el escalón superior es muy pequeño, pues Constitución sólo hay una, el escalón por debajo es más ancho (porque hay más leyes que “constituciones”), el siguiente más ancho que el anterior (porque hay más reglamentos que leyes) y así sucesivamente. Ahora bien, por encima de la Constitución y, por ende, fuera de la pirámide, se encontraría la Grundnorm (norma básica o fundamental) (Kelsen, 1994). La pirámide sirve para reflejar la idea de validez (cada escalón es una especie de eslabón de la cadena de validez) dentro del sistema, pero quien otorga validez al sistema en sí es la norma fundamental. Ésta no es una norma positiva, sino una norma hipotética, una norma presupuesta o, en última instancia, una norma ficticia. Es una ficción para evitar que la cadena de validez produzca una regresión hasta el infinito (de otra manera cabría la pregunta “¿y qué hay por encima de la norma fundamental?). Esta norma presupuesta vendría a decir: “La Constitución y el resto de normas emanada de ella son obligatorias”.

Esta pirámide normativa surge de la idea de que toda norma jurídica obtiene su valor de una norma superior en jerarquía, de acuerdo a tres niveles jerárquicos distintos en los que Kelsen dividía su pirámide:

El nivel fundamental. A la punta de la pirámide, donde se halla la Carta Magna, Constitución Nacional o el texto jurídico base del cual emanan todas las demás leyes y disposiciones. Es el texto clave sobre el cual no tiene jerarquía ninguna institución jurídica

El nivel legal. Ubicado en un peldaño intermedio y pudiendo dividirse en muchos subpeldaños, a lo largo de los cuales se ordenarán según jerarquía el conjunto de las leyes que hacen vida dentro del marco legal constitucional, desde las más (arriba) hasta las menos fundamentales (abajo).

El nivel base. Al final de la pirámide, siendo el más ancho, pues contiene las sentencias de los organismos jurídicos, las cuales son mucho más abundantes en comparación con los peldaños anteriores, al mismo tiempo que menos fundamentales.
Este orden jerárquico se sostiene, según Kelsen, debido a dos formas distintas de mecanismo de control, que son:

Por vía de excepción. Aquellas decisiones de tribunales ordinarios en los que un juez dictamina la aplicación de alguna norma y su relación con el resto de la pirámide, en ocasiones teniendo el precedente de la justicia consuetudinaria. Por vía de acción. Cuando los órganos especializados (como la Corte Suprema) declara alguna norma inconstitucional y por lo tanto le impide formar parte del ordenamiento jurídico, perdiendo del todo su entrada en vigor.

LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL

Sin interés de crear polémica o disentir con la ideas de la 4T, es necesario poner sobre la mesa de plática esto que se les “ocurrió” a los morenistas y que sigue rompiendole la madre a nuestro México. Me refiero a este desacato abierto a nuestras leyes. Entonces, los actuales Gobernos estatales se cobijan en la Ley Federal para justificar sus errores.

La Presidente dice que: “la Ley de Amparo” (Artículos 103, 104, 106 y 107 de nuestra Constitución) se los van a pasar por “los huevos” y que los van a ignorar. Y es que la Presidente “se escuda” con la irreparable frase que “es la voz del pueblo. Nada más absurdo y falso !!!

En fin, esta Ley dicta que las reformas serán intocables por la SCJN. Así que, la 4T podrá hacer cualquier cosa que les de la gana sin que haya CIUDADANO o ente social que pueda impugnar. Con 85 votos a favor y 41 en contra se aprobó la ‘supremacía constitucional’; minuta fue enviada a Diputados para continuar el trámite legislativo.

Legisladores del PAN tomaron la tribuna con pancartas que decían “No a la dictadura en México” y “Morena es la dictadura de México”; en cambio, los senadores guindas mostraron carteles con logos del blanquiazul y de PRI con la frase “La oposición moralmente derrotada”. ¿En qué va a acabar? en lo mismo, hoy todo es y mañana será igual.

Lo siguiente lo comentaremos cuando nos encontremos A LA VUELTA DE LA ESQUINA.